POLÍTICA · MEDIUM
Congreso de Puebla difiere la autonomía del Tribunal de Justicia Administrativa a 2028
La LXII Legislatura aprobó que la Ley Orgánica del TJA entre en vigor el 15 de septiembre de 2028 y avaló el presupuesto del Congreso y de la Auditoría Superior para 2027.

El Congreso de Puebla aprobó que la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa entre en vigor hasta el 15 de septiembre de 2028, con lo que la autonomía presupuestal del tribunal queda diferida casi dos años. En la misma sesión avaló el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Congreso y de la Auditoría Superior del Estado para 2027, sin que la evidencia detalle montos ni votación.
El Congreso del Estado de Puebla aprobó en sesión ordinaria la reforma a los artículos Primero y Décimo Transitorios del decreto que expidió la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, para que ese ordenamiento entre en vigor el 15 de septiembre de 2028. La decisión recorre casi dos años la operación plena del tribunal y, con ello, la fecha en que deberá ejercer su presupuesto de forma autónoma. En la misma sesión, el Pleno de la LXII Legislatura avaló el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Congreso y de la Auditoría Superior del Estado para el ejercicio fiscal 2027.
El ajuste no es un detalle técnico. La reforma establece que la Junta de Gobierno y Coordinación Política, desde su instalación y hasta el cierre del primer periodo ordinario de sesiones del año legislativo 2028, deberá realizar las gestiones para que el Tribunal de Justicia Administrativa opere con autonomía presupuestal. Es decir, la autonomía no se activa con la ley, sino con una encomienda política de plazo acotado a la siguiente Legislatura. Además, por única ocasión, el Órgano de Administración Judicial ejercerá el presupuesto asignado al tribunal para el ejercicio fiscal 2028 hasta el cierre de ese año.
La diputada María Soledad Amieva Zamora defendió el dictamen con el argumento de que fortalecer instituciones exige marcos jurídicos con plazos claros, y que así se da certeza al proceso de transición administrativa y presupuestaria. El argumento de la certeza convive con un efecto verificable: el tribunal administrativo no administrará su propio dinero en 2028. Esa combinación es la que conviene mirar con cuidado, porque ordena la transición, pero también concentra en el Poder Legislativo y en el Órgano de Administración Judicial la decisión sobre recursos que corresponden a una instancia jurisdiccional.
El paquete aprobado no se agota ahí. El Congreso avaló inscribir con letras doradas en el Muro de Honor del Salón del Pleno la leyenda “60 Aniversario del Plan DN-III-E Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional”, y denominó “Paso del Águila” al puerto de montaña entre el Popocatépetl y el Iztaccíhuatl, conocido históricamente como “Paso de Cortés”, con efectos en documentación oficial, señalética y cartografía del gobierno estatal y del Ayuntamiento de San Nicolás de los Ranchos.
También aprobó exhortos en salud mental de niñas, niños y adolescentes, con canalización al CEPOSAMI; prevención del VIH con jornadas de pruebas rápidas; vigilancia epidemiológica del sarampión en escuelas; apoyo a familiares de donadores de órganos en vulnerabilidad económica; prevención de enfermedades y bienestar animal; y un Plan Integral de Gestión de Siniestros para recintos históricos y culturales, con solicitud de recursos en los presupuestos del próximo ejercicio. Los exhortos no obligan jurídicamente a las secretarías, pero fijan agenda y comprometen políticamente a sus destinatarios.
La lectura política
El movimiento central es de calendario y de control presupuestal. Quien gana margen es la Junta de Gobierno y Coordinación Política, que conserva hasta 2028 la llave de las gestiones para la autonomía del tribunal; quien lo pierde es el propio Tribunal de Justicia Administrativa, que deberá esperar para administrar su presupuesto. El Órgano de Administración Judicial gana, por única ocasión, la ejecución del presupuesto 2028 del tribunal, una atribución que en condiciones de autonomía no le correspondería.
Institucionalmente, la reforma sustituye una entrada en vigor inmediata por una transición larga y escalonada. Eso puede leerse como prudencia administrativa, pero también como una forma de que el Legislativo no suelte el control sobre un órgano que resuelve controversias contra actos de gobierno. La aprobación simultánea del presupuesto del Congreso y de la Auditoría Superior para 2027 refuerza el patrón: la Legislatura ordena su propio financiamiento y el del órgano fiscalizador mientras difiere la autonomía del tribunal administrativo.
La evidencia disponible no permite afirmar la votación, los montos aprobados ni si hubo reservas o posicionamientos en contra. Tampoco permite sostener que la reforma responda a un conflicto concreto con el tribunal. Para una lectura más fina faltaría el dictamen completo, el sentido del voto por grupo parlamentario y el monto asignado a cada ente.
Qué sigue
La ruta queda marcada por el calendario. El primer punto de verificación es la instalación de la Junta de Gobierno y el arranque de las gestiones para la autonomía presupuestal del tribunal, que deben concluir en el primer periodo ordinario de 2028. Después, el ejercicio fiscal 2028 será la prueba de fuego: el Órgano de Administración Judicial administrará por única vez el presupuesto del tribunal y, al cierre, deberá entregar una operación lista para la autonomía.
En paralelo, el presupuesto 2027 del Congreso y de la Auditoría Superior deberá publicarse y ejercerse, y los exhortos aprobados tendrán su primera prueba en la respuesta de las secretarías estatales y los ayuntamientos. El costo político de diferir la autonomía se medirá en 2028, cuando el tribunal deba operar sin intermediarios y la Legislatura ya no pueda escudarse en la transición.
