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SCJN cierra al INE la vía para impugnar reformas electorales estatales
La Corte resolvió por cinco votos contra cuatro que el árbitro electoral federal no puede llevar ante ella, vía controversia constitucional, cambios aprobados por los congresos locales. La decisión reordena quién puede pelear esas normas y dónde.

La SCJN rechazó por 5-4 el recurso del INE contra una reforma a la Constitución de Baja California Sur que daba atribuciones de fiscalización al instituto local para 2027. El Pleno sostuvo que la Constitución no prevé que órganos autónomos federales impugnen actos de poderes estatales por controversia constitucional. El INE pierde esa vía; los congresos estatales ganan margen y la disputa se despl
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Instituto Nacional Electoral (INE) no tiene facultades para impugnar mediante controversias constitucionales las reformas electorales aprobadas por los congresos estatales. El Pleno rechazó por cinco votos contra cuatro el recurso de reclamación 29/2025, con lo que cerró la puerta a que el árbitro electoral federal lleve ante la Corte los cambios que los congresos locales hacen a sus marcos electorales.
El caso concreto venía de Baja California Sur: una reforma a la Constitución local otorgó al instituto electoral de la entidad atribuciones en materia de fiscalización para el proceso electoral de 2027. El INE presentó una controversia constitucional contra esa reforma y la Corte terminó por negarle esa vía procesal. La decisión no se pronunció sobre el fondo de la reforma sudcaliforniana, sino sobre quién puede plantear ese tipo de conflicto y por cuál carril.
La postura mayoritaria se apoyó en una lectura literal del texto constitucional. Las ministras Yasmín Esquivel Mossa, María Estela Ríos y Lenia Batres Guadarrama subrayaron que la Constitución no prevé que órganos autónomos federales impugnen actos de poderes estatales mediante controversias constitucionales. Esquivel argumentó que la Carta Magna no contempla esa posibilidad procesal para el INE; Ríos advirtió que ampliar la interpretación del texto convertiría a la Corte en un "poder constituyente sustituto" y llamó a respetar la literalidad de la norma; Batres señaló que aceptar el proyecto original habría implicado el "rompimiento de un principio fundamental" de los límites constitucionales.
La lectura política
El efecto inmediato es un reacomodo de fuerzas entre el árbitro federal y los congresos estatales. El INE pierde una herramienta de confrontación directa ante la Corte y los congresos locales ganan margen de maniobra para rediseñar sus instituciones electorales sin ese contrapeso judicial federal. No se trata de una habilitación ilimitada: las reformas locales siguen sujetas a otros controles, pero el carril de la controversia constitucional queda cerrado para el instituto.
La votación de 5-4 es la clave política del asunto. Un margen de un solo voto separó la tesis de la mayoría de la del bloque minoritario, lo que sugiere que la frontera entre la autonomía federal y la estatal es materia de disputa dentro del propio Pleno. La mayoría se inclinó por una interpretación restrictiva del acceso del INE a ese instrumento, en línea con una idea de autonomía estatal que limita la intervención de órganos federales en decisiones de las entidades.
El costo institucional recae en la capacidad del INE para vigilar la integridad de los procesos locales. Si el instituto detecta que una reforma estatal afecta sus atribuciones o la equidad de una contienda, tendrá que buscar otras rutas procesales, y no necesariamente contará con una respuesta judicial rápida. Para los gobiernos estatales, en cambio, la decisión reduce el riesgo de que una reforma electoral local sea frenada por la vía de una controversia promovida desde el centro.
La resolución también dice algo sobre cómo la Corte entiende su propio papel. Al negarse a ampliar el catálogo de sujetos legitimados para la controversia constitucional, el Pleno se colocó del lado de la literalidad y de la autonomía de las entidades, y no del lado de una lectura expansiva de las facultades del árbitro federal. Es una señal de contención judicial que puede pesar en futuros conflictos entre órganos autónomos y poderes estatales.
Qué sigue
El INE deberá definir qué instrumentos le quedan para impugnar reformas electorales locales y si los usará en el caso de Baja California Sur. La reforma sudcaliforniana sigue vigente en tanto no se resuelva por otra vía, y el proceso electoral de 2027 avanza con ese marco. Queda por ver si el instituto busca un nuevo pronunciamiento por un carril distinto o si ajusta su estrategia de defensa de atribuciones frente a los congresos estatales. También está pendiente saber si la votación de 5-4 se consolida como criterio o si el tema vuelve al Pleno con otro caso.
