RUTA 27 · MEDIUM
Boletas planchadas no contarán como votos: el Tribunal acota el cómputo de 2027
El litigio se resolvió en el expediente SUP-JDC-473/2026 y acumulados, contra los lineamientos del INE. El criterio cambia cómo se reparten los sufragios entre partidos coaligados, no solo cómo se cuenta una boleta.

El Tribunal Electoral resolvió que las boletas planchadas, marcadas en favor de una plancha completa, no cuenten como votos en 2027, en una disputa con el INE sobre quién fija las reglas del cómputo. El criterio toca a las coaliciones: de él depende cómo se reparten los sufragios entre partidos aliados y cuánto pesan ante el umbral legal.
El Tribunal Electoral resolvió que las boletas conocidas como “planchadas” no cuenten como votos, una definición que llega a unos meses de los comicios de 2027 y que lo deja en una discusión abierta con el Instituto Nacional Electoral (INE) sobre quién fija las reglas del cómputo. El asunto se resolvió en el expediente SUP-JDC-473/2026 y acumulados, donde se impugnaron los lineamientos del INE sobre esas boletas, y su contenido se difundió el 7 de octubre de 2026.
No es un asunto menor de papelería. Una boleta planchada es aquella en la que el elector marca de forma conjunta la plancha completa, es decir, todas las candidaturas de una coalición o de un mismo bloque. Según cómo se interprete, ese trazo puede contarse como voto para el conjunto, repartirse entre los partidos socios, o descartarse por no expresar una preferencia identificable. El Tribunal cerró esa tercera vía: no cuentan.
La decisión toca de lleno a las coaliciones, porque de ese criterio depende cuánta votación puede acreditar cada partido cuando compite acompañado. En un sistema donde la votación válida emitida incide en el registro, el financiamiento y el acceso a curules de representación proporcional, el modo de contar una marca colectiva no es un tecnicismo: es dinero, registro y escaños.
El pulso entre dos árbitros
El origen del conflicto es un desacuerdo de competencia tanto como de criterio. El INE emitió lineamientos para regular estas boletas; esos lineamientos fueron impugnados y el Tribunal Electoral los revisó. El resultado, en los términos que el propio Tribunal ha sostenido públicamente, es que las planchadas no pueden contabilizarse.
Conviene precisar el límite de lo que hoy se sabe. La evidencia disponible es la afirmación pública del Tribunal, no el texto íntegro de la sentencia: falta conocer el sentido completo de la resolución, la votación de las y los magistrados, si es definitiva y si sus efectos alcanzan únicamente los lineamientos impugnados o cualquier criterio futuro del INE. También falta saber si el INE deberá emitir nuevos lineamientos y en qué plazo. Sin esos elementos, cualquier lectura sobre el alcance real de la decisión es provisional.
La lectura política
En lo inmediato, el movimiento reparte márgenes de maniobra. El INE pierde la posibilidad de resolver por vía reglamentaria un punto que el Tribunal se reserva para sí; el Tribunal gana posición como árbitro de última palabra en una materia que se decide a meses de la jornada. Ese desplazamiento importa porque las reglas del cómputo son, en la práctica, reglas de reparto de poder.
Para los partidos, el incentivo cambia. Si la marca que abarca toda la plancha no se cuenta, el bloque que apostaba al arrastre del socio mayor pierde un activo y el voto diferenciado, el que el elector otorga partido por partido, se vuelve el camino confiable. Eso tiende a favorecer a las fuerzas con estructura e identidad propias y a endurecer la negociación interna de las coaliciones, que ya no podrán asumir que el voto de plancha engrosará automáticamente su contabilidad.
Hay un segundo efecto, menos visible: al eliminar una zona gris, la decisión traslada el conflicto a la casilla. Cada boleta en la que el elector marcó de más será materia de discusión entre representantes de partido y funcionarios, y por tanto de posible impugnación. La ambigüedad no desaparece; cambia de lugar.
No hay evidencia disponible de que la resolución busque favorecer a una fuerza específica. Lo que sí puede afirmarse es que mueve la aritmética con la que las coaliciones se están armando rumbo a 2027.
Qué sigue
Los siguientes pasos verificables son la publicación del texto íntegro de la resolución y su votación; la eventual solicitud de aclaración o los recursos que interpongan el INE o los promoventes; la respuesta del INE sobre si modificará o repondrá sus lineamientos; y la forma en que se instruya a juntas distritales y personal capacitador para aplicar el criterio en casilla.
En paralelo, la ruta crítica de 2027 no se detiene: registro de coaliciones y convenios, definición de candidaturas y arranque de campañas. Cada uno de esos pasos ocurrirá bajo reglas de cómputo que acaban de moverse, y esa es la razón por la que esta discusión entre dos autoridades importa más allá del expediente.