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Chiapas aprueba paridad municipal; no saben qué votaron y el PAN impugnará

La reforma al artículo 25 de la ley electoral chiapaneca deja en la Junta de Coordinación Política del Congreso la insaculación que definirá en qué municipios encabeza una mujer en 2027. Las reglas sobre cuotas LGBT quedaron, según su presidente, en manos del instituto electoral

Ilustración editorial de Ruta 27 sobre justicia y controversias electorales
Ilustración editorial de Ruta 27; no representa una fotografía del acontecimiento.
EN 30 SEGUNDOS

El Congreso de Chiapas aprobó, a iniciativa del gobernador Eduardo Ramírez Aguilar, una reforma al artículo 25 de la LIPECh para garantizar paridad de género en las candidaturas de los 124 municipios en 2027. La Junta de Coordinación Política definirá por insaculación dónde va mujer. Diputadas del PT no supieron explicar qué artículos cambiaron y el PAN anunció que impugnará.

El Congreso del Estado de Chiapas aprobó una reforma al artículo 25 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado (LIPECh) para garantizar la paridad de género en las candidaturas de los 124 municipios en la elección de 2027. La iniciativa la envió el gobernador Eduardo Ramírez Aguilar. El dato que ordena lo demás no está en el objetivo declarado, sino en el mecanismo: la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) del propio Congreso será la que, por insaculación, determine en qué municipios la candidatura va encabezada por una mujer.

Con ese diseño, la paridad municipal deja de ser una regla de aplicación automática, verificable por la autoridad electoral, y se convierte en un reparto que se acuerda dentro del Poder Legislativo. Es la diferencia entre una cuota y una negociación.

Las respuestas de quienes votaron esa reforma ilustran cómo se procesó. En entrevistas difundidas el 18 de septiembre, la diputada Ana María Solís Ruiz, del Partido del Trabajo (PT), no pudo precisar el contenido: "¿Qué artículos se van a modificar?, pues bueno se plantea la modificación de los artículos... perdón se me fue, sí una disculpa". Su compañera de bancada, María Roselia Jiménez Pérez, respondió que el tema lo están "trabajando". El presidente de la JUCOPO, Mario Guillén, sostuvo que las reglas finas —incluidas las cuotas para la comunidad LGBT y el trato a candidaturas de mujeres transgénero— las definirá el instituto electoral local (Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, IEPC). El Partido Acción Nacional (PAN) ya anunció que presentará un recurso para impugnar algunos puntos de la reforma.

Lo que la reforma todavía no precisa

La evidencia disponible no incluye el texto vigente del artículo 25 ni el dictamen. No puede establecerse aún si la paridad se limita a la presidencia municipal o alcanza sindicaturas y regidurías, si es solo de encabezamiento o también de integración de planillas, cuántos municipios quedarán reservados a mujeres y con qué criterio, ni si existe sanción por incumplimiento. El criterio para distinguir municipios competitivos de los inviables es, justamente, el que decidirá si la paridad transfiere poder o solo cumple un formato.

La lectura política

El movimiento cumple una función distinta a la que declara. Formalmente garantiza paridad; en la práctica crea un mecanismo de reparto administrado por los coordinadores de las bancadas que integran la JUCOPO. Cada municipio se vuelve una ficha negociable: los competitivos son premio, los inviables son cuota. Ganan margen de maniobra las dirigencias partidistas y los coordinadores legislativos; lo pierden las aspirantes que dependen de un sorteo cuyos criterios aún no se conocen.

La iniciativa es del gobernador Ramírez Aguilar y el costo de instrumentarla quedó en el Congreso. No hay evidencia de que la fecha de aprobación responda a una coyuntura electoral específica, pero sí consta que el Ejecutivo estatal marcó la agenda y que el Legislativo la avaló sin que sus propios integrantes dominaran el contenido. La señal a los aliados es de disciplina; el problema para la defensa jurídica de la reforma es que un texto con criterios abiertos tendrá que ser completado por el IEPC o por un tribunal.

Para el PAN, impugnar tiene bajo costo reputacional si el argumento se plantea como defensa de la autonomía partidista y de las facultades del organismo electoral, y no como oposición a la paridad. Lo que resuelva ese litigio marcará el piso de la elección municipal de 2027, que ocurre el mismo año que la elección federal intermedia.

Conviene precisar los términos: la reforma no crea candidaturas ni precandidaturas, fija reglas de postulación. Quienes encabecen planillas en los municipios sorteados seguirán siendo aspirantes hasta que exista un registro formal ante el IEPC; la insaculación es una asignación previa al proceso, no una candidatura.

Qué sigue

- La impugnación anunciada por el PAN. La evidencia no precisa vía ni fecha; el camino previsible es el IEPC o el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas. - La insaculación de la JUCOPO para definir en qué municipios encabeza una mujer, que debe ocurrir antes de la aprobación de las planillas. - Los lineamientos del IEPC sobre cuotas para la comunidad LGBT y candidaturas de mujeres transgénero, según lo dicho por el presidente de la JUCOPO. - La publicación del decreto y el texto vigente del artículo 25, que permitirán medir el alcance real de la paridad y verificar si contempla sanciones.