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RUTA 27 · LOW

Diputada pide al IEE verificar cuotas de discapacidad en Chihuahua

Herminia Gómez Carrasco cuestionó cómo se fiscalizará el cumplimiento de las acciones afirmativas tras la invalidación de la cuota conjunta y las nuevas reglas diferenciadas del instituto.

Ilustración editorial de Ruta 27 sobre financiamiento y fiscalización electoral
Ilustración editorial de Ruta 27; no representa una fotografía del acontecimiento.
EN 30 SEGUNDOS

La diputada Herminia Gómez Carrasco solicitó al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua informar cómo verificará el cumplimiento de las acciones afirmativas para personas con discapacidad permanente en el proceso 2026–2027. El IEE ya aprobó reglas diferenciadas tras la invalidación de la cuota conjunta. El asunto importa porque define si las cuotas operan como derechos efectivos o solo como requi

La diputada Herminia Gómez Carrasco presentó un escrito ante el Instituto Estatal Electoral (IEE) de Chihuahua para que informe los mecanismos con los que verificará el cumplimiento de las acciones afirmativas dirigidas a personas con discapacidad permanente durante el Proceso Electoral Local 2026–2027. La solicitud no es un trámite menor: llega después de que la Suprema Corte invalidara la cuota conjunta que agrupaba a personas con discapacidad y de la diversidad sexual, y de que el IEE aprobara nuevas reglas con espacios diferenciados para ambos grupos. En ese nuevo marco, la pregunta central ya no es si existe una cuota, sino quién la vigila y qué ocurre cuando un partido no la cumple.

La legisladora planteó cinco preguntas concretas al árbitro electoral: cómo se verificará el cumplimiento de las cuotas, qué criterios se usarán para revisar las candidaturas, qué sanción o consecuencia habrá cuando un partido incumpla, qué capacitación recibirá el personal del IEE y qué medidas de accesibilidad existirán durante el registro y la revisión de candidaturas. El cuestionario desplaza el debate del diseño normativo a la fase de implementación, donde históricamente se concentran los incumplimientos de las acciones afirmativas en México.

Gómez Carrasco sostuvo que no basta con que los partidos cumplan una cuota en el papel y que las personas con discapacidad deben tener una participación real y efectiva en el proceso electoral. La afirmación apunta a un problema verificable: una cuota sin mecanismo de fiscalización se convierte en un requisito declarativo que los partidos pueden sortear con candidaturas simbólicas o sustituciones posteriores.

El contexto normativo importa. La invalidación de la cuota conjunta por la Suprema Corte obligó al IEE a rediseñar el esquema y separar los espacios de personas con discapacidad de los de la diversidad sexual. Ese rediseño resolvió un problema de constitucionalidad, pero abrió otro: la operación práctica de dos cuotas diferenciadas exige criterios de acreditación, revisión documental y, sobre todo, capacidad institucional para impugnar candidaturas que no acrediten la condición exigida.

La lectura política

La solicitud funciona como un mecanismo de presión parlamentaria sobre el árbitro electoral en un año en que el IEE deberá aprobar lineamientos, calendarios y criterios de registro para 2027. No es una candidatura ni una precandidatura: es un posicionamiento legislativo que coloca a Gómez Carrasco en el terreno de los derechos de las personas con discapacidad, un nicho con baja competencia política y alta visibilidad simbólica.

El movimiento tiene incentivos claros. Para la diputada, obliga al IEE a fijar postura pública sobre un tema que, si queda en la ambigüedad, le permite reclamar después falta de garantías. Para el instituto, la solicitud anticipa el tipo de impugnaciones que recibirá en 2027: si sus criterios de verificación son débiles, los partidos los explotarán; si son estrictos, enfrentará litigios por exclusión. El IEE queda en una posición en la que su respuesta escrita se convertirá, de facto, en el estándar que los tribunales electorales usarán para evaluar su actuación.

Para los partidos, el nuevo esquema diferenciado redistribuye espacios de representación proporcional y obliga a reacomodar listas. Quien controle la interpretación de los criterios de acreditación controla, en la práctica, el acceso a un bloque de candidaturas. Ese es el poder real que está en juego y explica por qué la pregunta sobre verificación es más relevante que la cuota misma.

La señal rumbo a 2027 es que el debate de las acciones afirmativas se traslada de la Ciudad de México a los estados. Chihuahua se convierte en un caso de prueba sobre si los institutos electorales locales pueden operar cuotas diferenciadas sin convertirlas en simulación.

Qué sigue

El IEE deberá responder por escrito a la solicitud de información en los plazos que marca la ley de transparencia estatal. Esa respuesta permitirá saber si el instituto ya cuenta con lineamientos de verificación o si los construirá sobre la marcha. En paralelo, el Consejo Estatal deberá aprobar los lineamientos de registro de candidaturas para el proceso 2026–2027, donde se definirán los documentos probatorios exigidos. La pregunta que queda abierta es si el IEE hará pública su respuesta o la remitirá solo a la solicitante: de ello depende que el estándar de verificación sea auditable por terceros.