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RUTA 27 · MEDIUM

Diputados prohíbe doble nacionalidad y acota las candidaturas ejecutivas rumbo a 2027

La reforma a los artículos 82, 116 y 122 no toca el derecho de los ciudadanos a tener dos nacionalidades: impone un requisito de elegibilidad a quien aspire a gobernar. La oposición la combate como una restricción a los derechos políticos de los mexicanos en el exterior.

Ilustración editorial de Ruta 27 sobre Congreso y reglas electorales
Ilustración editorial de Ruta 27; no representa una fotografía del acontecimiento.
EN 30 SEGUNDOS

Con 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención, la Cámara de Diputados avaló en lo general la reforma que exige nacionalidad exclusivamente mexicana a quienes aspiren a la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. No afecta la doble nacionalidad de los ciudadanos, sólo la de las candidaturas ejecutivas. Falta el Senado, los congresos locales y conocer lo

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención, la reforma constitucional que exige nacionalidad exclusivamente mexicana a quienes aspiren a la Presidencia de la República, a una gubernatura o a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. La mayoría calificada —con los votos de Morena, el Partido Verde y el Partido del Trabajo— confirma que la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum avanza sin necesidad de negociar con la oposición y que el bloque oficialista conserva capacidad de mover la Constitución en la antesala del ciclo electoral que desembocará en 2027.

El dictamen aprobado en comisiones el 8 de septiembre modifica los artículos 82, 116 y 122 y obliga a renunciar a cualquier otra nacionalidad antes de solicitar el registro como candidato. El argumento oficial se sostiene en un límite preciso: el artículo 30 no se toca, de modo que los ciudadanos con doble nacionalidad —incluidos quienes radican en el exterior— conservan ese derecho. La restricción opera sólo como requisito de elegibilidad para cargos ejecutivos.

Un filtro de elegibilidad, no una ley de nacionalidad

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el morenista Leonel Godoy, subió a tribuna para subrayar ese límite: la reforma, dijo, "no representa una afectación" al derecho de los connacionales a poseer dos nacionalidades. La oposición contestó por la vía de los derechos políticos. El panista Diego Rodríguez Barroso sostuvo que la soberanía no se defiende limitando la participación de los 1.6 millones de mexicanos que radican fuera del país y que tienen derecho a votar y ser votados. Su correligionario Germán Martínez añadió que la nacionalidad única no blinda contra la corrupción: "El Chapo, el Menchu, García Luna, Inzunza no tienen doble nacionalidad". Legisladores del PRI pidieron no dividir ni discriminar a los binacionales, y una parte de la oposición insistió en que la materia ya está prevista en leyes secundarias; Morena responde que la precisión constitucional evita vacíos y ambigüedades. El desacuerdo no es menor: si el requisito ya existía en la ley, la reforma sólo lo eleva de rango; si no, crea una restricción nueva al derecho a ser votado.

La lectura política

Ubicada antes del arranque formal de las candidaturas de 2027, la reforma no coloca a nadie en posición de candidato ni constituye una precandidatura de facto: no hay en la evidencia una persona identificada cuyo estatus cambie. Lo que hace es distinto y también relevante: fija de antemano el costo de entrada a los tres cargos ejecutivos de mayor visibilidad y traslada al aspirante la carga de renunciar a otra nacionalidad antes del registro.

El gobierno gana con poco desgaste. No toca el derecho de millones de binacionales —lo que habría tenido un costo político y consular alto— y aun así puede reivindicar soberanía y prevención de conflictos de interés ante su base. La oposición, con 116 votos, no tenía forma de frenar una reforma constitucional; su apuesta es otra: instalar el tema como una restricción de derechos humanos, con la mira puesta en los mexicanos en el exterior, un electorado con vínculos en estados de alta migración.

La asimetría del texto también importa. La prohibición no alcanza diputaciones ni senadurías —esos artículos no se modifican— ni a quienes ya gobiernan: sólo a las candidaturas ejecutivas. Un perfil con doble nacionalidad puede hoy ser legislador y sólo tendría que decidir si renuncia a su otra nacionalidad cuando busque un Ejecutivo; el requisito funciona, en la práctica, como una valla que separa dos tipos de carrera política y como una señal de disciplina hacia aliados y adversarios: el bloque oficialista está dispuesto a usar su mayoría calificada para moldear las reglas de acceso a los Ejecutivos. Queda por ver si el transitorio la aplica de inmediato o la difiere, dato que no aparece en la evidencia disponible.

Qué sigue

El proceso legislativo continúa conforme a las etapas de una reforma constitucional: discusión en lo particular en la Cámara de Diputados —donde pueden modificarse artículos y transitorios, y donde se verá si el texto mantiene su alcance—, luego el Senado, que también requiere dos terceras partes, y finalmente la mayoría de los congresos locales para la declaratoria constitucional.

El punto decisivo no está en la votación de este martes sino en el régimen transitorio: de él depende si la regla alcanza las candidaturas que se definirán en 2027 o si su efecto es posterior. En paralelo, los partidos deberán ajustar convocatorias y filtros de elegibilidad, y cualquier aspirante con dos nacionalidades tendrá que resolver si renuncia a la otra antes del registro. La evidencia no registra anuncio alguno de impugnación; si aparece, el terreno de disputa será el derecho a ser votado.