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RUTA 27 · LOW

IEE de Chihuahua impone mujeres en cinco alcaldías y tensiona a los partidos

El acuerdo fija mínimos por bloque de competitividad en los 67 municipios y reserva a fórmulas femeninas las presidencias de Juárez, Cuauhtémoc, Camargo, Janos y Nonoava. Los partidos anticiparon rechazo.

Ilustración editorial de Ruta 27 sobre coaliciones y negociaciones partidistas
Ilustración editorial de Ruta 27; no representa una fotografía del acontecimiento.
EN 30 SEGUNDOS

El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua aprobó los criterios de paridad para el proceso 2026-2027: las presidencias municipales de Juárez, Cuauhtémoc, Camargo, Janos y Nonoava deberán encabezarse con fórmulas de mujeres, y en los 67 municipios habrá mínimos por bloque de competitividad. Los partidos rechazaron el acuerdo, que reordena sus cuadros rumbo a 2027.

El Instituto Estatal Electoral (IEE) de Chihuahua aprobó los criterios de paridad de género para el proceso 2026-2027: las presidencias municipales de Juárez, Cuauhtémoc, Camargo, Janos y Nonoava deberán postular fórmulas integradas por mujeres, propietarias y suplentes. El acuerdo salió con el rechazo expreso de los partidos, que alegaron una afectación a su libertad para elegir candidaturas.

El punto no es menor. Juárez concentra el mayor peso electoral del estado y Cuauhtémoc es una plaza de voto volátil. Al caer ahí, la paridad deja de ser un criterio de integración de listas y se convierte en requisito de elegibilidad sobre los cargos de mayor rendimiento: los partidos tendrán que reordenar cuadros y lealtades antes de definir a sus aspirantes, no después.

Un piso de paridad, no una cuota simbólica

El mecanismo es de bloques de competitividad. Los partidos deberán clasificar sus postulaciones en alta, media y baja en los 67 municipios y garantizar mínimos de mujeres en cada bloque: al menos 11 en alta, 12 en media y 11 en baja, tanto para presidencias municipales como para sindicaturas. Si los bloques agrupan los 67 municipios, la suma —34 por tipo de cargo— implica que alrededor de la mitad de las candidaturas a presidencias tenga a una mujer al frente.

En los cinco municipios enlistados la regla no admite aritmética: la fórmula completa, propietaria y suplente, debe ser de mujeres. El IEE justificó la medida como vía para “fortalecer el acceso efectivo de las mujeres a las presidencias municipales y atender condiciones históricas de desigualdad”, y sumó acciones afirmativas para personas indígenas, de la diversidad sexual y con discapacidad permanente.

Lo que el acuerdo difundido no explica es con qué criterio se eligieron esos cinco municipios y no otros: si pesaron los resultados de la elección anterior, un índice de desigualdad o la competitividad esperada. Sin ese dato, la lista debe leerse como decisión política del Consejo, no como aplicación automática de una fórmula.

La lectura política

Una paridad por bloques obliga a decidir antes y por escrito, y reduce el margen de la negociación discrecional que suele resolverse a favor de quien controla la estructura territorial. En la práctica funciona como límite externo que las cúpulas pueden invocar ante sus propios cuadros: la exclusión de un aspirante varón con arraigo ya no se cobra solo a la dirigencia, se reparte con el árbitro electoral.

De ahí el incentivo para resistir: cada candidatura reservada es un puesto de negociación que se pierde. Donde el alcalde en funciones o el operador más fuerte es varón, el partido tiene tres salidas —reubicarlo en una sindicatura, una diputación local o una coordinación de campaña; negociar con otra fuerza; o competir con un cuadro menos conocido—. Como en 2027 Chihuahua renueva también gubernatura y Congreso local, el reacomodo excede lo municipal.

El riesgo previsible es de cumplimiento formal: fórmulas encabezadas por mujeres que en la operación real respondan a un varón, el patrón más discutido en el debate nacional sobre paridad —la llamada “candidata de cumplimiento”—. El diseño por bloques busca justamente impedir que las mujeres sean colocadas solo donde el partido no compite. Si esa vigilancia falla, el criterio producirá actas, no poder.

Queda abierta la interacción con la reelección: si en alguno de esos cinco municipios el titular busca un periodo adicional y la ley local lo permite, la exigencia de una fórmula encabezada por mujer entra en tensión con un derecho que el acuerdo no menciona.

Qué sigue

El acuerdo es impugnable y el plazo para inconformarse es breve. El primer filtro es el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua; de ahí el caso puede escalar a las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Los próximos días dirán si el rechazo partidista se queda en la sesión o se convierte en litigio.

En paralelo, el IEE deberá publicar el calendario del proceso y las reglas de registro, donde se verá cómo se verifica la clasificación por bloques y qué pasa si un partido etiqueta como “baja” una plaza realmente competitiva. Cada partido tendrá que definir además su método de selección: la disputa interna por esas cinco alcaldías ya empezó.