RUTA 27 · MEDIUM
INE ordena a Alito retirar “narcopartido”; él lo llama censura
La Comisión de Quejas y Denuncias concedió medidas cautelares pedidas por Morena y extendió la orden al partido y a comités estatales del PRI. Moreno rechaza la medida, la califica de censura y anuncia impugnación ante el TEPJF.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó a Alejandro “Alito” Moreno y a las cuentas del PRI retirar publicaciones que llaman a Morena “narcopartido” o “narcogobierno”, al considerar preliminarmente que podrían ser calumnia electoral. La medida es cautelar, no una sentencia; Moreno la rechaza, la llama censura y anuncia impugnación ante el TEPJF. Rumbo a 2027 se define el límite de la propa
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al dirigente nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Alejandro “Alito” Moreno Cárdenas, retirar publicaciones de redes sociales que vinculan a Morena con el crimen organizado, al estimar de forma preliminar que podrían constituir calumnia electoral. La determinación también alcanza contenidos difundidos desde cuentas oficiales del partido y desde comités estatales, y obliga al dirigente a abstenerse de repetir señalamientos semejantes sin elementos que los respalden. No es una sanción ni una sentencia: es una medida cautelar que llega en la antesala del proceso electoral federal 2026-2027 y coloca el lenguaje de la propaganda digital en el centro del arbitraje electoral.
La resolución nació de una queja de Morena, que acusó al dirigente priista de difundir propaganda política con contenido calumnioso. El expediente se armó con un catálogo de etiquetas: “narcopartido”, “narcorégimen”, “narcogobierno”, “narcodictadura”, “narcopropagandista”, “narcopolíticos” y “cártel de Morena”. De manera preliminar, la Comisión consideró que esas expresiones imputan conductas delictivas sin elementos suficientes que las sustenten, por lo que ordenó eliminar contenidos específicos y evitar la difusión de mensajes semejantes en redes sociales, materiales promocionales u otros formatos. El alcance no se limita al dirigente: comprende al partido y a sus comités estatales.
La naturaleza del instrumento importa. Una cautelar no resuelve el fondo del asunto, no declara culpable a nadie y no sustituye la resolución que eventualmente emita la autoridad competente; su función es impedir que los mensajes sigan circulando mientras el procedimiento avanza. Esa distinción, que suele perderse en la conversación pública, explica por qué la medida puede mantenerse semanas o caer en revisión sin que ello signifique que el INE se retractó de un juicio de fondo.
Moreno rechazó la determinación y acusó al INE de restringir la libertad de expresión de la oposición. Anunció que la impugnará ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que deberá revisar su legalidad y proporcionalidad. El dirigente priista sostiene desde hace meses una ofensiva intensa contra Morena, dentro y fuera de México, y ha llevado sus acusaciones a autoridades y organismos internacionales bajo el argumento de que existe un intento de censura y persecución contra la oposición.
La lectura política
El primer efecto del expediente es reordenar el terreno de la disputa. La queja de Morena no busca demostrar ante la opinión pública que los señalamientos son falsos, sino trasladar el litigio a un terreno donde el partido en el gobierno tiene ventaja institucional: la calificación de la propaganda. Es un uso legítimo del marco legal y, a la vez, una apuesta con costo, porque cada medida cautelar contra la oposición alimenta el relato de censura que Moreno ya venía construyendo.
Para el dirigente del PRI, la resolución opera como agravio movilizable: le permite colocarse como víctima, capitalizar el descontento opositor y sostener su perfil nacional. Pero le impone un límite práctico: la etiqueta que ha usado como principal herramienta de posicionamiento queda bajo vigilancia, y el incumplimiento de una cautelar tiene consecuencias procesales. Para Morena, la ganancia jurídica convive con un riesgo conocido: prohibir un mensaje suele amplificarlo.
Conviene ser preciso sobre lo que está en juego. Moreno es dirigente nacional del PRI, no candidato ni precandidato a cargo alguno; su ofensiva funciona como posicionamiento y como construcción de un perfil opositor en la antesala de 2027, no como precandidatura de facto. La pieza políticamente relevante no es su futuro inmediato, sino el criterio: hasta dónde puede llegar la propaganda negativa en plataformas cuando el grueso de la contienda se librará en digital, y si ese criterio se aplicará con la misma vara a todas las fuerzas. Para sostener una lectura más fuerte faltan dos datos que la evidencia disponible no ofrece: si existen quejas equivalentes contra otros actores y si la autoridad está construyendo una doctrina o resolviendo caso por caso.
Qué sigue
La pelota queda en el TEPJF. Moreno anunció que impugnará la medida; el tribunal deberá pronunciarse sobre su legalidad y proporcionalidad y, mientras eso ocurre, la orden de retiro sigue vigente. En paralelo continúa el procedimiento de fondo, que es el único que puede derivar en una sanción.
Si el TEPJF confirma el criterio, la calumnia electoral se vuelve una restricción real para la propaganda de todos los partidos durante el ciclo 2026-2027. Si lo revoca, el mensaje regresa y la discusión se traslada a la arena política. Vale la pena observar tres cosas: si Morena replica la estrategia con quejas contra otros dirigentes opositores, si el PRI modifica su comunicación digital y si Moreno lleva el caso a instancias internacionales, como ha hecho con otras acusaciones.