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INE pone calendario al filtro de integridad de candidaturas para 2027
El mecanismo será voluntario y sus opiniones no afectarán por sí mismas la elegibilidad ni el registro de una candidatura.

La Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas aprobó su programa de trabajo y calendario para los procesos electorales 2026-2027. El procedimiento podrá revisar, antes del registro, a personas que aspiren a alguno de los aproximadamente 20 mil 061 cargos federales y locales, siempre que otorguen su consentimiento. Sus informes serán técnicos e informativos: no decidirán la elegibilidad ni funcionarán como prueba de culpabilidad.
La Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del Instituto Nacional Electoral aprobó su Programa Anual de Trabajo 2026-2027 y el calendario que ordenará sus actividades durante los procesos federal y locales. La decisión ocurre en 2026, cuando comenzó formalmente el proceso, pero las candidaturas que busca revisar competirán en las elecciones de 2027.
El programa abarca un universo aproximado de 20 mil 061 tipos de cargos federales y locales. Esa cifra no significa que ya existan 20 mil candidaturas ni que todas estén sometidas automáticamente al filtro. El procedimiento se aplicará antes del registro a las personas que los partidos pretendan postular y a quienes busquen candidaturas independientes, incluidas sus suplencias, siempre que den un consentimiento previo, libre, informado, expreso e inequívoco.
La Comisión podrá intercambiar información con la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, la Unidad de Inteligencia Financiera y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para determinar si existe un riesgo razonable. La información deberá manejarse de manera confidencial.
Un filtro político, no una sentencia
El alcance jurídico tiene un límite central: las comunicaciones, opiniones e informes serán exclusivamente técnicos e informativos. Según el INE, no producirán efectos sobre la elegibilidad, no restringirán derechos político-electorales y tampoco podrán utilizarse como indicio o prueba de culpabilidad. Por eso el mecanismo no sustituye al registro de candidaturas ni autoriza a la Comisión a vetar aspirantes.
La relevancia política está en otro lugar. Los partidos recibirán información de riesgo antes de cerrar sus listas y tendrán que decidir qué hacer con ella. Una opinión técnica adversa no elimina una candidatura, pero sí puede elevar el costo de sostenerla, abrir disputas internas o trasladar a las dirigencias la responsabilidad de explicar por qué mantuvieron un perfil bajo observación. Al ser voluntario, el propio consentimiento también puede convertirse en materia de presión pública, aunque negarse a la revisión no equivale legalmente a quedar fuera de la contienda.
Qué sigue
El calendario deberá fijar la recepción de los listados de partidos y aspirantes independientes, el intercambio de información con las instituciones participantes y la entrega de opiniones técnicas antes de los registros de 2027. Falta conocer cómo operarán los plazos en cada elección local, qué respuesta darán los partidos ante hallazgos no concluyentes y de qué manera se resolverán posibles aclaraciones sin vulnerar datos personales ni la presunción de inocencia.