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Inzunza anticipa su voto a la reforma de doble nacionalidad rumbo a 2027
Un solo senador aparece como pieza posiblemente decisiva en una reforma que exige mayoría calificada y el aval posterior de 17 congresos locales. El texto aún no define cuándo ni cómo se acreditaría la renuncia.

El senador Enrique Inzunza anticipó su voto a favor en comisiones de una reforma constitucional que obligaría a renunciar a una nacionalidad para competir por la Presidencia, las gubernaturas o la Jefatura de Gobierno. Que su voto se presente como decisivo revela que la disputa real no es el fondo, sino la mayoría calificada y el calendario de las candidaturas rumbo a 2027.
El senador Enrique Inzunza anticipó su voto a favor en comisiones del Senado a la minuta que obliga a las personas con doble nacionalidad a renunciar a una de ellas para competir por la Presidencia, las gubernaturas o la Jefatura de Gobierno. El anuncio, reportado por Imagen Radio el 23 de septiembre de 2026, pesa menos por el respaldo en sí que por lo que revela del estado de la negociación: la reforma a los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución ya salió de la Cámara de Diputados y espera dictamen en las comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos Primera, donde lo que se cuenta son votos, no argumentos.
La minuta no crea un cargo ni registra a nadie: cambia requisitos de elegibilidad. Si prospera, un aspirante con segunda nacionalidad tendría que acreditar ante la autoridad que se desprendió de ella antes de competir. Y como se trata de una reforma constitucional, el camino no termina en el Senado: requiere dos tercios de los presentes en cada cámara y después el aval de al menos 17 de los 32 congresos locales. Que la fuente presente el voto de un solo senador como potencialmente decisivo sugiere que el punto fino está en la mayoría calificada, no en el mérito de la propuesta.
Una regla de elegibilidad con efecto de calendario
El detalle operativo es donde se juega la aplicación. El reporte no precisa en qué momento de la ruta electoral se exigiría la renuncia —si en la manifestación de intención, en la etapa interna de cada partido o al registrar la candidatura—, quién la verificaría ni cómo se resolvería un caso en el que la ley del otro país imponga un trámite largo. Tampoco distingue entre quienes nacieron en México y adquirieron otra nacionalidad por vía familiar y quienes la obtuvieron por naturalización posterior. Sin esas definiciones, el alcance real de la regla queda abierto al texto del dictamen, y esa ambigüedad es, por sí misma, materia de negociación.
La lectura política
En términos prácticos, la reforma funciona como un filtro sobre quién puede estar en la boleta, no como una discusión abstracta sobre nacionalidad. Un requisito de elegibilidad verificable y público altera el calendario de los aspirantes antes de que existan candidaturas: quien tenga doble nacionalidad debe resolver primero un estatus jurídico personal, con trámites que pueden alargarse o documentarse mal. Quien define el requisito y su fecha de exigibilidad influye, en parte, en los tiempos de quienes quieren competir. Eso vale sobre todo para las gubernaturas que se disputarán en 2027, donde un conjunto amplio de aspirantes tendría que acreditar el desprendimiento antes de que arranquen los procesos internos; para la Presidencia, el efecto se vería en el siguiente ciclo.
El anuncio anticipado de Inzunza cumple además una función interna. Cuando un voto se compromete antes del dictamen, se estrecha el espacio de quienes buscaban matizar el texto y se envía la señal de que el asunto se tramita como tema de bloque y no como conciencia individual. Conviene ser preciso con las categorías: esto no es una candidatura, no es una precandidatura de facto ni un posicionamiento personal del senador; es aritmética legislativa en una reforma que necesita mayoría calificada.
Y conviene ser explícito sobre el límite. Si la reforma estuviera diseñada para excluir a una persona concreta, la evidencia disponible no lo sostiene: no hay nombre, partido ni caso identificado en la información difundida. Una regla general, además, puede alcanzar más adelante a quienes hoy la respaldan, porque opera sobre condiciones de elegibilidad y no sobre una candidatura específica.
Qué sigue
El siguiente paso verificable es el dictamen en las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos Primera, donde el texto puede ser modificado antes de llegar al pleno. Después viene la votación en el Senado, que exige dos tercios de los presentes. Si el Senado aprueba sin cambios, la minuta pasa a los congresos locales; si introduce modificaciones, regresa a la Cámara de Diputados. El indicador a vigilar es sencillo: si el voto anticipado de Inzunza se sostiene en el dictamen y si aparecen reservas que retrasen la discusión, señal de que el conteo de la mayoría calificada todavía no está cerrado.