RUTA 27 · MEDIUM
PRD CDMX pide al INE intervenir; arranca 2027 sin prerrogativas ni voz
Polimnia Romana Sierra Bárcena llevó el caso directamente a Guadalupe Taddei Zavala tras casi dos años de litigios y dos sentencias de la Sala Superior sin efectos prácticos. La representación del partido ante el IECM sigue suspendida desde antes del inicio formal del proceso ele

El PRD de la Ciudad de México arrancó el proceso rumbo a 2027 sin acceso efectivo a prerrogativas y con su representación suspendida ante el Consejo General del IECM. Polimnia Romana Sierra Bárcena pidió por carta a Guadalupe Taddei, consejera presidenta del INE, una intervención institucional para destrabar una disputa que se arrastra desde 2024.
El PRD de la Ciudad de México inició el proceso electoral rumbo a 2027 sin acceso efectivo a sus prerrogativas y con su representación suspendida ante el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM). La respuesta de su dirigencia fue escalar el conflicto: Polimnia Romana Sierra Bárcena, secretaria de Gobiernos y Asuntos Legislativos del partido capitalino, envió una carta a la consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei Zavala, para pedirle "atención e intervención institucional".
El movimiento tiene una lectura inmediata: un partido que conserva registro local, pero que perdió el nacional en septiembre de 2024, acude a la autoridad federal porque las instancias capitalinas —incluida la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)— ya resolvieron dos veces a su favor sin que esas resoluciones se traduzcan en dinero, estructura y asiento en el órgano que toma las decisiones de la elección.
Resoluciones que no se convierten en derechos
De acuerdo con el recuento contenido en la carta, la controversia arranca con la pérdida del registro nacional del PRD en septiembre de 2024 y el posterior reconocimiento del partido como fuerza política local en octubre de ese año. Desde entonces, la representación partidista y la integración de sus órganos de dirección han sido materia de disputas administrativas y judiciales.
Sierra Bárcena cita dos sentencias de la Sala Superior, SUP-REC-17/2025 y SUP-REC-154/2026. En cumplimiento de la segunda, el IECM emitió el 15 de mayo de 2026 la resolución IECM/RS-CG-23/2026, que reconoció a la dirigente como secretaria de Gobiernos y Asuntos Legislativos e inscribió a Mario Enrique Tripp Reyna como representante propietario ante el Consejo General. El 26 de agosto de este año, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México ordenó una nueva revisión de la elegibilidad de quienes integran los órganos internos del partido y revocó diversas resoluciones del IECM. Con ello, la entrega del financiamiento público y otras prerrogativas quedó supeditada a que adquirieran firmeza las nuevas determinaciones locales.
El golpe final fue de calendario: la suspensión de la representación de Tripp Reyna se notificó dos días antes de la sesión del Consejo General del IECM en la que arrancó formalmente el proceso electoral, el 7 de septiembre. "La certeza jurídica pierde sentido si las resoluciones definitivas no consiguen traducirse en condiciones efectivas para el ejercicio de los derechos que reconocen", escribió la dirigente, que aclaró que no pide "una ventaja ni un trato privilegiado", sino participar "bajo las mismas reglas".
La lectura política
La carta a Taddei funciona como una maniobra de presión con tres destinatarios simultáneos. Ante el IECM, busca revertir el efecto práctico de la suspensión. Ante la Sala Superior, documenta que sus sentencias siguen sin ejecutarse: registra el incumplimiento antes de que el proceso avance y reduce el margen de una respuesta tardía. Ante el sistema electoral en su conjunto, coloca el caso como un problema de equidad de la contienda y no como un pleito interno más.
El límite es claro y conviene decirlo: la organización de las elecciones capitalinas es competencia del IECM, no del INE. El instituto nacional conserva atribuciones de coordinación del sistema electoral y puede canalizar, exhortar o dar seguimiento, pero la carta no precisa qué vía procesal concreta solicita ni cuál sería el instrumento exigible. Sin ese dato, la intervención pedida es, por ahora, una petición política antes que un recurso con efectos jurídicos ciertos.
Los incentivos también importan. Sin representación ante el Consejo General, el PRD capitalino no puede impugnar resoluciones en tiempo real, no negocia desde una posición institucional y llega debilitado a cualquier discusión sobre coaliciones, candidaturas y reparto de espacios en 2027. Para una fuerza local, la supervivencia del registro se juega además en su desempeño electoral: sin financiamiento ni estructura, el círculo se cierra sobre sí mismo. Quien gana margen con el retraso no está identificado en la evidencia disponible: la carta no señala a los impugnantes ni el interés que persiguen, dato necesario para saber si la disputa es de control interno, de estrategia de coalición o de ambas.
Qué sigue
El primer indicador verificable es la respuesta del INE: si la petición se turna a un área específica, si se pide informe al IECM o si se responde que la vía es la jurisdiccional local. En paralelo, deberá quedar firme o no la revisión de elegibilidad ordenada el 26 de agosto por el Tribunal Electoral capitalino, de la que depende la liberación de las prerrogativas y la eventual restitución de Tripp Reyna como representante propietario. Mientras esas definiciones llegan, el calendario corre: registro de coaliciones, precampañas y ministración de recursos avanzan sin que el partido participe en igualdad de condiciones. La otra ruta, si la vía administrativa no produce efectos, es volver a la Sala Superior por la ejecución de sus propias sentencias, algo que el escrito no anuncia todavía.