RUTA 27 · LOW
Publican la prohibición de doble nacionalidad; el 2027 electoral queda intacto
La reforma al 82, 116 y 122 constitucionales abarca Presidencia, gubernaturas y Jefatura de Gobierno capitalina, no cargos legislativos. La renuncia a la segunda nacionalidad deberá acreditarse antes del registro ante el INE.

Claudia Sheinbaum firmó el decreto que prohíbe la doble nacionalidad a quien aspire a la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la CDMX. Se publica en el DOF y rige desde 2028, por lo que quien tenga segunda nacionalidad deberá renunciar a ella antes de registrarse ante el INE. El ciclo electoral de 2027 queda fuera de la regla.
La reforma constitucional que impide que una persona con segunda nacionalidad compita por la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México quedó cerrada con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un día después de que la presidenta Claudia Sheinbaum firmara el decreto. El detalle que ordena todo lo demás está en los artículos transitorios: la norma empieza a regir en 2028, de modo que el ciclo electoral de 2027 —con gubernaturas y la Jefatura de Gobierno capitalina en disputa— se jugará con las reglas anteriores.
La modificación toca los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución. A los requisitos ya vigentes para la Presidencia —ciudadanía mexicana por nacimiento e hijo de padres mexicanos— añade no tener ni adquirir otra nacionalidad. La consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, precisó que quien tenga doble nacionalidad deberá renunciar a la segunda antes de solicitar su registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE): el requisito se acredita en ese momento, no al asumir el cargo. La reforma también prohíbe que quien ocupe alguno de esos cargos adquiera otra nacionalidad durante el ejercicio, invoque ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana, use pasaporte o documento de identidad de otro Estado, ejerza ante él derechos políticos o se acoja a su protección diplomática. "Los presidentes solo pueden tener una bandera", resumió Sheinbaum tras la firma. El paquete pasó por mayoría calificada en el Senado y la Cámara de Diputados, y por los congresos estatales.
El filtro y sus ausencias
La reforma cubre tres cargos de elección y deja fuera diputaciones federales, senadurías y presidencias municipales. Un político con pasaporte extranjero puede seguir siendo legislador; lo que se cierra es la ruta a la titularidad del Ejecutivo federal, los estatales y el capitalino. El cambio también desplaza el criterio de los tribunales a la elegibilidad previa: el senador Javier Corral, nacido en El Paso, pudo contender por la gubernatura de Chihuahua después de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avalara su elegibilidad con una declaración de nacionalidad mexicana emitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en 1991. Ricardo Sheffield renunció a la estadounidense hace 31 años, sin obligación legal, y el 29 de septiembre lo justificó con una frase: "al que dos amos sirve, con uno queda mal". Jaime Bonilla Valdez, exgobernador de Baja California por Morena y hoy en el PT, reconoció ambas nacionalidades; Jasmine Bugarín, coordinadora estatal en Nayarit y perfilada a esa gubernatura, nació en California e inició hace años el trámite de renuncia ante la SRE. Del otro lado, Francisco Javier García Cabeza de Vaca anunció que impugnará la reforma ante tribunales nacionales e internacionales y la llamó "retroceso democrático".
La lectura política
El diferimiento a 2028 es la pieza con mayor consecuencia. Sin atribuir intenciones, el efecto es nítido: deja intacto el proceso de 2027, donde Morena define coordinaciones y candidaturas, y traslada la conversación al siguiente tramo. Nadie que compita el año próximo queda alcanzado, incluidos los perfiles que ya arrastraban el trámite de renuncia. A partir de 2028, en cambio, ese trámite deja de ser un expediente privado y se vuelve un acto verificable ante la autoridad, casi una declaración pública de lealtad: funciona como filtro anticipado que obliga a decidir antes del registro, con costo político visible y sin margen para litigarlo después de la campaña. En paralelo, reduce el espacio de discrecionalidad que antes tuvieron los tribunales para resolver caso por caso, pero crea una dependencia nueva: la acreditación descansa en un acto administrativo de la SRE cuyo formato probatorio la reforma no detalla. Conviene decirlo con precisión: esto no constituye una candidatura ni una precandidatura de facto de nadie, y tampoco inhabilita a ninguna persona para militar, gobernar otros cargos o competir en 2027. Es un requisito de elegibilidad con fecha de arranque. La señal que envía a aliados y adversarios es que la nacionalidad única se coloca como marca de identidad del bloque en el poder, con costo concentrado en la oposición.
Qué sigue
- La publicación en el DOF y la entrada en vigor en 2028, conforme a los artículos transitorios ya citados. - La definición del mecanismo con que el INE verificará la renuncia: la evidencia disponible no precisa si bastará una constancia de la SRE ni qué ocurre si el trámite queda inconcluso. - Las impugnaciones anunciadas por Cabeza de Vaca. Contra una reforma constitucional el margen de los tribunales es estrecho y, hasta ahora, no hay resolución que las respalde. - La armonización en constituciones locales y normativa electoral secundaria, pendiente de definirse en cada entidad.