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ECONOMÍA · HIGH

Sanción a nueve empresas por colusión encarece compras públicas 40%

La Comisión Nacional Antimonopolio acreditó que las proveedoras pactaron licitaciones de tecnología durante una década, con sobreprecio en 12 dependencias, entre ellas el IMSS y Pemex.

Ilustración editorial de Ruido Cero sobre Congreso y proceso legislativo
Ilustración editorial de Ruido Cero; no representa una fotografía del acontecimiento.
EN 30 SEGUNDOS

Nueve proveedoras de tecnología pactaron licitaciones del gobierno mexicano entre 2012 y 2022 y simularon competir. La Comisión Nacional Antimonopolio las sancionó por práctica monopólica absoluta: 12 dependencias, del IMSS a Pemex, pagaron sobreprecios superiores al 40%. La ley permite multas de hasta 15% de los ingresos acumulables de cada empresa. El costo lo absorbieron presupuestos públicos,

La Comisión Nacional Antimonopolio sancionó a nueve empresas proveedoras de tecnologías de la información por incurrir en una práctica monopólica absoluta: durante una década pactaron precios y adjudicaciones de contratos públicos, y 12 dependencias del Estado mexicano pagaron un sobreprecio superior al 40% frente a lo que habría costado un mercado competitivo. El daño no es abstracto: se pagó con presupuesto público en compras de cómputo, impresión, redes y equipos de seguridad entre 2012 y 2022.

El expediente acreditó que las compañías simularon rivalidad comercial. Presentaban ofertas en apariencia independientes ante los comités de adquisición, aunque pertenecían a los mismos grupos económicos o acordaban de antemano la postura ganadora y los montos. La competencia que debía abaratar las compras existía solo en el papel: el ganador estaba decidido antes de abrir los sobres.

Las empresas señaladas son Soluciones Tecnológicas Especializadas; Ofi Store; Factoría de TI; Altum Tecnologic; Distribuidora y Comercializadora Bossanova; Ofiequipos P.C.; Grupo Uno Alta Tecnología en Proyectos e Instalaciones; DSTI México; e Ingeniería de Cómputo y Aplicaciones.

El mecanismo y quién paga

Una licitación funciona como un mercado artificial: el comprador público fija reglas y espera que los proveedores compitan a la baja. Cuando los competidores se reparten de antemano las posturas, el Estado pierde su principal herramienta de negociación y compra al precio que el cártel decide. El sobreprecio del 40% no lo pagó una empresa: lo pagaron los presupuestos de salud, energía, agua e infraestructura.

Entre las dependencias afectadas figuran el Instituto Mexicano del Seguro Social, Petróleos Mexicanos, la Comisión Nacional del Agua, el Issste, el Fovissste, el Fonatur, la Secretaría de Economía, el Instituto Nacional de Medicina Genómica, el Instituto Nacional de Perinatología, Telecomunicaciones de México —hoy Financiera para el Bienestar—, el Fideicomiso para la Cineteca Nacional y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

El efecto cotidiano es verificable en la ruta del gasto: cada peso extra en una computadora o un servidor de red es un peso que no se destinó a camas, medicamentos, obra hídrica o atención al público. El margen del gobierno para recuperar ese dinero depende de la sanción que ahora se determine y de su cobro efectivo, no del fallo en sí.

La ley clasifica la colusión en licitaciones como la infracción de mayor gravedad dentro de la Ley Federal de Competencia Económica. El marco vigente permite sanciones económicas de hasta el 15% de los ingresos acumulables de cada empresa involucrada. La evidencia disponible no precisa el monto individual ni si las compañías impugnarán la resolución; tampoco detalla si habrá inhabilitación para contratar con el Estado, un elemento que la ley contempla pero que el expediente difundido no confirma.

La lectura

El caso muestra un patrón que excede a estas nueve razones sociales: la colusión prosperó durante diez años y doce dependencias sin que los mecanismos de compra la detectaran. La sanción llega después del daño, no antes: el sobreprecio ya se pagó y la pregunta es cuánto de él regresará al erario.

También revela una asimetría de poder. Las empresas que se reparten licitaciones conocen el calendario, los montos y los comités; el comprador público, fragmentado entre dependencias, rara vez conecta los puntos entre una compra y otra. La autoridad antimonopolio actuó como el nodo que cruza esa información, y su capacidad de disuasión depende de que la multa sea mayor que la ganancia obtenida durante una década de reparto.

Qué sigue

La resolución abre tres frentes. Primero, la cuantificación y cobro de las sanciones, que pueden alcanzar hasta 15% de los ingresos acumulables de cada empresa. Segundo, la revisión de los contratos vigentes y de la relación contractual de estas proveedoras con las dependencias afectadas, un paso que la evidencia no confirma que ya esté en marcha. Tercero, el precedente: si la sanción se acompaña de inhabilitación y de controles en los comités de adquisición, el mensaje cambia para todo el mercado de proveeduría tecnológica del Estado. Si se queda en una multa tardía, el incentivo para repetir el esquema permanece intacto.