RUTA 27 · MEDIUM
SCJN anularía el blindaje electoral de Chihuahua contra el crimen
La ponencia de Sara Irene Herrerías Guerra mantiene la nulidad de elecciones cuando se acredite la participación del crimen organizado, pero elimina el veto de registro a candidatos señalados y la sanción a partidos beneficiados por la violencia. El Pleno vota el martes 29 de sep

La SCJN agendó para el 29 de septiembre el proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra que anularía los artículos de la ley electoral de Chihuahua que niegan registro a candidatos por presuntos vínculos con el crimen. La ponencia mantiene la nulidad de elecciones con participación criminal acreditada y ordena al Congreso local añadir la causal por injerencia extranjera. La reforma fue impu
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) agendó para el martes 29 de septiembre el proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra que propone anular los artículos de la ley electoral de Chihuahua que niegan el registro a candidatos por presuntos vínculos con la delincuencia organizada. De aprobarse en sus términos, la entidad que en 2027 renovará gubernatura y Congreso dejará atrás un mecanismo que, en nombre del blindaje electoral, operaba en la práctica como un filtro administrativo sobre quién puede competir.
El asunto llegó a la Corte por una impugnación de diputados locales de Morena contra la reforma que el Congreso chihuahuense aprobó en junio pasado. Aquella reforma —presentada como escudo contra la injerencia del crimen— estableció negar el registro a candidatos vinculados con grupos criminales, anular elecciones donde se demuestre participación de la delincuencia y la pérdida de registro para partidos con conductas graves reiteradas.
Los legisladores impugnantes sostuvieron dos cosas: que no se incorporó la nulidad de elecciones por intervención extranjera y que el blindaje contra la delincuencia no respeta la presunción de inocencia. El proyecto de Herrerías les concede la segunda y abre la puerta a la primera.
En concreto, la ponencia propone eliminar los artículos que niegan el registro a candidatos presuntamente vinculados al crimen, con un argumento central del proyecto: "toda sanción de naturaleza punitiva debe encontrarse precedida de un juicio individualizado". También plantea suprimir la infracción a partidos que resulten beneficiarios de actos de violencia cometidos por grupos criminales durante un proceso electoral.
Lo que no se cae, y aquí está la parte fina: la nulidad de elecciones donde se demuestre la participación de la delincuencia se mantiene, porque la ministra considera que ya está regulada a nivel federal. Y el Congreso de Chihuahua queda obligado a incorporar una causal de nulidad para elecciones donde se acredite injerencia extranjera.
La lectura política
El envoltorio y la función no coinciden. «Blindaje electoral» suena a protección del voto; lo que la reforma creaba era una causal de inelegibilidad activable con una presunción, sin sentencia, y cuya aplicación dependía de la autoridad electoral local. En un estado donde las acusaciones de vínculos con el crimen son moneda corriente en la disputa política, ese diseño equivalía a entregar a la autoridad administrativa —y a quien la controle— la llave de entrada y salida de candidaturas.
Ahí está la paradoja de la resolución. Un partido que impugna una norma que, en el discurso público, promete mano dura contra el crimen organizado parece colocarse del lado equivocado. Pero es la ruta que evita un riesgo mayor rumbo a 2027: que cualquier actor, incluidos los adversarios de Morena en Chihuahua, use una presunción para descarrilar aspirantes. La defensa técnica de la presunción de inocencia y la defensa política del propio cuadro de candidatos van en el mismo paquete.
El saldo se reparte. La Corte conserva la sanción más severa —anular la elección cuando hay prueba de participación criminal— y desactiva la más discrecional —vetar personas sin juicio—. El costo es que desaparece el castigo a partidos que se beneficien de la violencia, un incentivo que aplicaba a todos, incluido Morena. Y la instrucción de incorporar la nulidad por injerencia extranjera le entrega a ese partido un punto de su agenda en un terreno que ha empujado.
Hay también un mensaje a las entidades que en años recientes aprobaron cláusulas parecidas: si el criterio se sostiene, la Corte marca que las sanciones electorales de naturaleza penal pasan por el proceso, no por la sospecha. La evidencia disponible no permite establecer cuántas normas estatales replican este diseño.
Qué sigue
El Pleno de la SCJN discutirá y votará el proyecto el martes 29 de septiembre. El texto puede modificarse, ampliarse o rechazarse en la discusión, y la información divulgada no permite anticipar la votación ni precisar la vía procesal —controversia constitucional o acción de inconstitucionalidad—, dato que determina la mayoría exigida para invalidar artículos. Si se aprueba, el Congreso de Chihuahua deberá legislar la causal de injerencia extranjera antes de que arranque formalmente el proceso electoral de 2027.