RUTA 27 · MEDIUM
Senado avala vetar doble nacionalidad a candidatos rumbo a 2027
El filtro alcanza Presidencia, gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Al ser reforma constitucional, aún requiere dos tercios del Pleno y el aval de los congresos locales.

Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Primera del Senado aprobaron en fast track, con Morena y sus aliados, la minuta que impide que aspirantes a la Presidencia, a las gubernaturas y a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México tengan doble nacionalidad. Falta el Pleno, donde se necesitan dos tercios, y luego la mayoría de los congresos locales.
Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Primera del Senado aprobaron en fast track la minuta que prohíbe que las y los aspirantes a la Presidencia de la República, a los gobiernos estatales y a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México tengan doble nacionalidad. La decisión salió este 23 de septiembre de 2026 con el respaldo de Morena y sus aliados, sin que se hayan hecho públicos el desglose de la votación ni el texto final del dictamen. El cambio no es cosmético: no regula un dato personal, define quién puede aparecer en la boleta de las elecciones más grandes del ciclo que desembocará en 2027.
La minuta no nació en el Senado. Llegó a esas comisiones con el camino recorrido a medias —iniciativa presidencial ya avalada en la Cámara de Diputados— y se desahogó en una sola ronda de discusión. Ese formato se usa cuando existe mayoría y disciplina para no abrir el debate a enmiendas. Con la evidencia disponible no es posible saber qué excepciones contiene el texto, cómo se acreditaría el requisito, si se pedirá una renuncia formal ante autoridades extranjeras ni qué instancia verificaría el cumplimiento.
El alcance del filtro también importa. Al incluir la Jefatura de Gobierno capitalina junto con las gubernaturas, la reforma toca el cargo de mayor visibilidad después de la Presidencia y amplía el universo de perfiles alcanzados: no solo quienes compitieron antes, también cuadros formados en el exterior que son mexicanos por nacimiento y, a la vez, ciudadanos de otro país.
La lectura política
En la práctica, la reforma funciona como un filtro de elegibilidad, no como una regla de identidad: su efecto es retirar del mercado de candidaturas a un subconjunto de perfiles sin nombrar a ninguno. Ese diseño tiene una ventaja política evidente para quien lo impulsa: el costo de excluir se reparte entre todas las fuerzas y no exige vetar a nadie por su nombre. Cualquier partido con cuadros binacionales queda sujeto al mismo rasero, lo que vuelve el instrumento más defendible ante la opinión y más difícil de combatir en el terreno político.
El incentivo central es de control de oferta. Quien define los requisitos de elegibilidad reduce la incertidumbre de una sucesión: estrecha la baraja antes de que existan precandidaturas y obliga a los partidos a reordenar sus cartas antes del registro de 2027. El fast track en comisiones también envía una señal a los aliados sobre la ruta del Pleno, donde se exige mayoría calificada. Ahí se verá si la coalición se mantiene cerrada; la cobertura parlamentaria de este mismo debate ha registrado diferencias internas en el Partido Verde (PVEM), pieza necesaria para llegar a dos tercios.
Conviene ser precisos en el límite. Lo aprobado no equivale todavía a una candidatura excluida ni a la identificación pública de un destinatario: la evidencia disponible no sostiene que la medida apunte a un nombre determinado, y tampoco lo contrario. Faltan el dictamen final, la votación nominal y, si el proceso avanza, el registro de quiénes quedan fuera. Tampoco está resuelto uno de los puntos jurídicos más delicados: México reconoce la doble nacionalidad desde 1998 y ningún mexicano por nacimiento puede ser privado de su nacionalidad, de modo que exigir “no tener otra” traslada el problema a una renuncia ante un Estado extranjero que el país difícilmente puede verificar. Ese debate aún no aparece en el expediente público de la minuta.
Qué sigue
El siguiente paso es el Pleno del Senado. Al tratarse de una reforma constitucional requiere dos terceras partes de los votos —86 de 128— y, si pasa, el aval de la mayoría de los congresos locales, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ninguno de esos pasos tiene fecha en la información disponible. Si el texto final impone requisitos difíciles de acreditar, quedaría abierto el camino a acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): un escenario posible, no anunciado. Y si la reforma concluye, su aplicación práctica recaerá en las reglas de registro de candidaturas del proceso electoral de 2027, donde el requisito se traducirá —o no— en negativas concretas.