RUTA 27 · LOW
TEPJF avala spot del PRI contra Morena: crítica política, no calumnia
La Sala Superior resolvió por unanimidad que las etiquetas del promocional son opiniones y recursos retóricos, no imputaciones de hechos. El criterio reduce el rendimiento de la vía jurídica para acotar la propaganda negativa rumbo a 2027.

La Sala Superior del TEPJF resolvió por unanimidad que el PRI no cometió calumnia contra Morena con un spot que llama a los morenistas “la mafia del poder” y “los más corruptos de México”. Los magistrados consideraron esas frases opiniones, críticas políticas y recursos retóricos del debate público, no imputaciones de hechos. El criterio eleva el umbral para denunciar spots adversarios camino a la
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por unanimidad que el PRI no incurrió en calumnia contra Morena por un spot de radio y televisión en el que llama a los morenistas “la mafia del poder”, “los más corruptos de México”, “movimiento de delincuentes” y “lo están saqueando”. El proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, respaldado sin votos en contra, concluye que esas expresiones son, leídas en su contexto, opiniones, críticas políticas y recursos retóricos propios del debate público, y no la imputación de un hecho o un delito concreto que pueda resultar verdadero o falso. Sin ese elemento objetivo, la calumnia no se acredita.
Dónde queda la frontera entre crítica y calumnia
En materia electoral, la calumnia exige la imputación de hechos o delitos falsos. El tribunal no evaluó si las frases eran justas: evaluó si describían algo verificable. Un calificativo como “la mafia del poder” opera como marco interpretativo, no como aseveración comprobable; “los más corruptos de México” es un juicio de valor sin caso concreto detrás. Morena también denunció un uso indebido de la pauta, y la versión difundida de la resolución se concentra en el agravio de calumnia. Para saber si la queja por pauta corrió la misma suerte hace falta el texto íntegro del expediente y el sentido con que la Sala trató ese punto. La precisión no es menor: si la pauta también quedó validada, el promocional puede seguir al aire.
La lectura política
El fallo hace algo más que dejar en pie un promocional: ensancha el espacio de la propaganda negativa y estrecha el de la denuncia jurídica. Gana margen de maniobra el PRI y, por extensión, cualquier fuerza que apueste al contraste agresivo; lo pierde Morena, que ve menos útil la vía contenciosa para acotar el ataque de sus adversarios. En una elección intermedia donde el Ejecutivo federal no está en la boleta pero su gestión sí, el intercambio de etiquetas será moneda corriente.
Hay un detalle que ilustra el punto mejor que cualquier tratado: “la mafia del poder” se popularizó en el discurso público mexicano como etiqueta contra los gobiernos del PRI; hoy el PRI la usa contra Morena. Los marcos retóricos son transferibles y el tribunal los trata como retórica sin importar el blanco. Formulado así, el criterio es simétrico y protegería expresiones equivalentes de Morena contra sus adversarios. El efecto inmediato, en cambio, favorece al partido que hoy está fuera del Ejecutivo y usa el ataque como posición.
La unanimidad importa. Sin votos en contra, la doctrina llega estable, con poca expectativa de reversión, y manda una señal a los equipos jurídicos de todos los partidos: la denuncia por calumnia es una herramienta cara y de bajo rendimiento frente a un spot de contraste. Aquí no se define candidatura, precandidatura ni posición de salida de nadie; se define el manual de campaña. El litigio como forma de administrar la contienda pierde atractivo justo cuando arranca la ruta hacia junio de 2027.
Qué sigue
La resolución de la Sala Superior es definitiva en materia electoral federal: no hay instancia ulterior que la revise y el spot queda sin sanción por calumnia. Si la queja por uso indebido de la pauta sigue viva, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) es la instancia que puede revisarla y, en su caso, sancionarla. El sentido de esa parte del expediente es el dato verificable que falta.
El criterio, además, se replicará en cascada: las denuncias por spots que se acumulen en las precampañas y campañas de 2027 llegarán al INE y a las salas del tribunal con este precedente. Es previsible que los partidos ajusten su estrategia legal hacia otras causales —pauta, tiempos, encuestas— y que la disputa se mueva del expediente al aire.