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RUTA 27 · MEDIUM

TEPJF recibe la primera impugnación contra las designaciones de Morena rumbo a 2027

Evangelina Moreno Guerra acusa alteración de la encuesta interna que favoreció a Julieta Ramírez en Baja California. El caso definirá el estándar del Tribunal sobre el método con el que Morena reparte sus plazas.

Ilustración editorial de Ruta 27 sobre encuestas de opinión pública
Ilustración editorial de Ruta 27; no representa una fotografía del acontecimiento.
EN 30 SEGUNDOS

Evangelina Moreno Guerra, diputada federal con licencia, impugnó ante el TEPJF la designación de Julieta Ramírez como coordinadora de la Defensa de la Transformación en Baja California. Acusa alteración de la encuesta interna y su exclusión sin metodología. Es la primera impugnación que escala contra las designaciones de Morena rumbo a 2027 y quedó en la ponencia de la magistrada Claudia Valle Agu

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) recibió la primera impugnación contra las designaciones con las que Morena ha colocado a sus cuadros en las eventuales candidaturas a gubernaturas rumbo a 2027. La promovió Evangelina Moreno Guerra, diputada federal con licencia, contra la entrega de la constancia que acredita a Julieta Ramírez —senadora con licencia— como coordinadora estatal de la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional en Baja California. La Sala Superior turnó el asunto a la ponencia de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, de cuya propuesta dependerá el estándar con el que el Tribunal mirará el resto de las designaciones.

El movimiento tiene una función precisa: trasladar al terreno jurisdiccional una inconformidad que hasta ahora se había quedado dentro del partido. De acuerdo con lo que el propio Tribunal hizo público, Moreno Guerra impugnó "la indebida entrega de la constancia" y "diversos actos relacionados con la organización y ejecución de la encuesta interna": la alteración y variación de resultados, la negativa a hacerlos públicos, la omisión de fundar y motivar la metodología empleada y la exclusión de la actora de la encuesta final, además de una presunta vulneración a los principios de paridad y equidad. No discute el resultado en abstracto; discute el procedimiento con el que se produjo.

Lo relevante del caso es su lugar en la secuencia. La de Julieta Ramírez es, según la evidencia disponible, la primera designación de Morena que supera las inconformidades internas y llega al Tribunal. Otras se han resuelto sin escalar. Eso convierte a este expediente —registrado con la clave SUP-JDC-486/2026— en el piloto de una discusión más amplia: si el método con el que el partido ordena su sucesión territorial puede revisarse desde fuera.

La lectura política

La figura formal y la función política no coinciden. "Coordinadora de la Defensa de la Transformación" no es una candidatura: no hay postulación registrada, no hay constancia de candidatura y no hay precampaña regulada. En la práctica, esa coordinación funciona como una precandidatura de facto: coloca a quien la recibe en la posición de mayor visibilidad y estructura para quedarse con la nominación a la gubernatura de Baja California en 2027. El límite es claro: nada garantiza jurídicamente la postulación y el partido conserva la facultad de definir su método.

En Morena, la encuesta no es solo un instrumento de medición; es el mecanismo que legitima una decisión ya tomada y que ordena lealtades internas. Quien controla la metodología controla el resultado, y la opacidad sobre el levantamiento es, en ese contexto, un instrumento de poder, no un descuido administrativo. La defensa natural del partido es el derecho de autoorganización, terreno donde los precedentes del TEPJF han sido deferentes. Cada resolución en ese sentido amplía el margen de la dirigencia y reduce el costo de repetir el método en las demás entidades.

El cálculo de la promovente es distinto: una diputada con licencia que quedó fuera de la encuesta final convierte una derrota interna en un costo jurídico y reputacional para quien organizó el proceso. Escalar no garantiza revertir la designación, pero sí obliga al partido a argumentar en público lo que resolvió en privado.

La señal rumbo a 2027 es doble. Si el Tribunal confirma la designación, el mensaje para aliados y adversarios es que el filtro interno de Morena no se revisa fuera de casa y que la coordinación se consolida como antesala de la candidatura. Si revoca u ordena reponer el procedimiento, se abre la puerta a inconformidades que hoy permanecen latentes en otros estados.

Hay que ser explícito sobre lo que la evidencia no permite sostener. "Alteración de resultados" es una acusación de la promovente, no un hecho acreditado: no se conoce el contenido de la encuesta ni existe todavía resolución. Tampoco puede anticiparse qué peso tendrá el alegato de paridad y equidad, que tendrá que resolverse por el trato desigual entre aspirantes y no por equilibrio numérico de género, dado que ambos perfiles son mujeres. Ese elemento falta y solo el proyecto de la ponencia podrá precisarlo.

Qué sigue

El expediente ya está turnado a la ponencia de Claudia Valle Aguilasocho. El siguiente paso verificable es la presentación pública del proyecto ante el Pleno de la Sala Superior, que se discute en sesión; no hay fecha anunciada. La resolución de este juicio marcará la pauta para las designaciones que Morena aún tiene pendientes en otras entidades y para la manera en que el partido documentará sus encuestas internas de aquí al arranque formal del proceso electoral de 2027, cuando —si el partido lo decide— la coordinación se convierta en candidatura registrada.