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RUTA 27 · MEDIUM

Tribunal apercibe al IEEBC y reabre denuncia contra Julieta Ramírez

La orden exige radicar la queja por actos anticipados de precampaña en un solo procedimiento, sin fragmentar conductas. El apercibimiento contra el titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral es de 1,173.10 pesos.

Ilustración editorial de Ruta 27 sobre justicia y controversias electorales
Ilustración editorial de Ruta 27; no representa una fotografía del acontecimiento.
EN 30 SEGUNDOS

El Tribunal de Justicia Electoral de Baja California ordenó al instituto estatal radicar en un solo procedimiento la denuncia por actos anticipados de precampaña contra Julieta Ramírez, virtual candidata de Morena a la gubernatura. Apercibió al titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral con una multa de 1,173.10 pesos si vuelve a incumplir. El expediente sigue abierto rumbo a 2027.

El Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) ordenó al Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) rehacer el trámite de la denuncia por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña contra Julieta Ramírez Padilla, la senadora con licencia que Morena presenta como virtual candidata a la gubernatura. La resolución fue aprobada por unanimidad el 7 de octubre y se divulgó el 13: el instituto tiene tres días hábiles para radicar la queja completa en un procedimiento sancionador ordinario, sin dividir hechos ni conductas. Si vuelve a incumplir, el titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) recibirá un apercibimiento de multa de 1,173.10 pesos, diez veces el valor de la UMA.

Lo relevante no es el monto. Es que un expediente que parecía cerrado vuelve a caminar, a cuatro meses de que el propio tribunal le ordenara al instituto analizar los hechos con las pruebas aportadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

De la queja al incidente de ejecución

La ruta del caso es larga y casi toda procesal. Desde marzo, ciudadanos de varios municipios de Baja California denunciaron el reparto de volantes con la imagen de Ramírez y la pinta de bardas, en algunos casos sin permiso, según las quejas que dieron origen al expediente; los señalamientos incluían promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y entrega de despensas o apoyos en especie.

El 20 de abril, la UTCE desechó la queja. Contra ese acuerdo se presentó la denuncia que hoy vuelve a discutirse. El 15 de junio, el TJEBC ordenó dejar sin efectos el desechamiento y analizar los hechos; Ramírez Padilla impugnó y la Sala Regional Guadalajara confirmó la sentencia el 29 de julio. El 19 de junio, mientras tanto, la Unidad Técnica había dividido las conductas: declaró improcedente la vía sancionadora para los posibles actos anticipados y radicó el resto por separado.

Para el tribunal, esa maniobra vació la sentencia. Radicar unas conductas y desechar la vía de las otras no es ejecutar: es cumplir a medias y de manera defectuosa, sostuvo al abrir de oficio, el 15 de septiembre, un incidente de ejecución de sentencia. Ese mismo día, Morena anunció a Ramírez como su coordinadora estatal en Baja California, es decir, su carta para 2027. La coincidencia de calendario no implica relación causal, pero ilustra algo sencillo: el tiempo partidista corre más rápido que el judicial.

El 7 de octubre, por unanimidad, el TJEBC anuló el acuerdo del 19 de junio y ordenó radicar toda la denuncia sin fragmentarla, y analizar la procedencia de los actos anticipados con el criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La lectura política

El movimiento del tribunal no anticipa una sanción contra Ramírez: reabre una puerta que el instituto había entornado. Ahí está la diferencia entre candidatura, precandidatura y posicionamiento. No existe candidatura registrada —la gubernatura de Baja California se disputa en 2027—, pero el nombramiento de "coordinadora estatal" funciona en la práctica como precandidatura de facto y como estructura territorial de promoción anticipada, y es justamente ese tramo el que el expediente vuelve a poner bajo escrutinio.

Los incentivos también son claros. Dividir conductas y declarar improcedente la vía más delicada le permitía al IEEBC dejar dormido el punto más incómodo, con un costo de incumplimiento prácticamente nulo. Una multa de 1,173 pesos al titular de la UTCE difícilmente mueve ese cálculo por sí sola; lo que sí lo mueve es que la orden elimina el margen para separar los hechos. Para Morena, el episodio envía la señal de que su proceso de posicionamiento no está blindado jurídicamente, aunque el efecto electoral de cualquier sanción llegaría, como suele ocurrir, tarde respecto del calendario. Para el PRI, que promovió la queja original por conducto de su representante Joel Abraham Blas Ramos, es una victoria procesal, no de fondo.

Qué sigue

El primer plazo es de tres días hábiles: la UTCE debe radicar la denuncia completa en el procedimiento sancionador ordinario. Después viene el análisis de procedencia con el criterio de la Sala Superior; si no hay causa de improcedencia, el expediente entra a instrucción con todas las conductas. El apercibimiento de diez UMA se activa sólo si el instituto vuelve a incumplir. Cualquiera de las partes puede impugnar ante la Sala Regional Guadalajara y, eventualmente, ante la Sala Superior del TEPJF. Mientras eso se resuelve, la promoción territorial de la virtual candidata de Morena sigue su curso.