RUTA 27 · MEDIUM
Tribunal de Sinaloa confirma infracción contra Imelda Castro rumbo a 2027
El pleno acreditó una infracción personalizada por actos de difusión entre 2025 y 2026 y validó por mayoría el acuerdo del instituto estatal. La resolución no convierte a la coordinadora de Morena en candidata, pero sí acota su posicionamiento.

El Tribunal Electoral de Sinaloa determinó, el 22 de septiembre, la existencia de una infracción personalizada atribuida a Imelda Castro Castro, coordinadora estatal de Morena y senadora con licencia, por actos de difusión entre 2025 y 2026 vinculados al proceso local 2026-2027. Confirmó por mayoría el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y el PAN, que impugnó, mantiene el caso abierto. La reso
El Tribunal Electoral de Sinaloa determinó, en sesión de pleno del 22 de septiembre, la existencia de una infracción personalizada atribuida a Imelda Castro Castro, coordinadora estatal de Morena en Sinaloa y senadora con licencia, por actos de difusión realizados entre agosto de 2025 y mayo de 2026. El pleno consideró que esas conductas guardan proximidad con el proceso electoral local 2026-2027 e inciden en él. La resolución confirma por mayoría el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Sinaloa y da cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SG-JG-46-2026, que revocó parcialmente una sentencia previa y exigió un nuevo análisis de los elementos temporal y objetivo.
Para llegar ahí, el tribunal revisó la secuencia de publicaciones, reuniones, asambleas y demás actos de difusión, así como las manifestaciones sobre las aspiraciones políticas de la denunciada. Con esa valoración conjunta concluyó que se satisface el elemento temporal conforme a la jurisprudencia 12/2015 de la Sala Superior del TEPJF, y declaró infundado el agravio sobre una supuesta acreditación incorrecta de ese elemento.
El caso no ha sido lineal. El 22 de agosto, el Partido Acción Nacional (PAN) impugnó la resolución del IEE que había declarado inexistentes los actos anticipados de precampaña atribuidos a Castro. Wendy Barajas Cortés, dirigente estatal del blanquiazul, sostuvo que el instituto se escuda en que no aparece la frase "vota por mí" y que eso equivale a cerrar los ojos ante bardas pintadas, eventos con publicaciones pagadas y un posicionamiento sistemático de su imagen en Sinaloa. Su representante jurídico ante el órgano electoral contabilizó cuatro resoluciones del instituto, de las cuales tres habrían sido revocadas.
La lectura política
Conviene precisar qué es y qué no es este fallo. Imelda Castro no es candidata registrada a ningún cargo y en el expediente no hay una precandidatura formal. Lo acreditado es una infracción dentro de un procedimiento sancionador ordinario: un posicionamiento que, por su temporalidad y contenido, el pleno leyó como próximo e incidente en el proceso 2026-2027. En la práctica, la resolución acota el margen de una figura que Morena sostiene en el centro de su operación estatal y que, por su condición de senadora con licencia y coordinadora partidista, funciona como aspirante natural a la boleta local.
El movimiento importa por tres razones. Primera, reordena el costo de la anticipación: el criterio del pleno sugiere que la ausencia de una consigna explícita no basta para descartar la infracción cuando el conjunto de actos revela un propósito. Segunda, coloca al PAN en posición de litigio sostenido, pues conserva abierta la vía de impugnación y suma el señalamiento sobre el origen del gasto. Tercera, expone la fragilidad del arbitraje local: si el instituto estatal acumula resoluciones revocadas, su capacidad de fijar criterio se desgasta y el conflicto se traslada a instancias federales.
La señal hacia dentro de Morena también cuenta. Una sanción en firme obligaría a la dirigencia estatal a decidir si sostiene la visibilidad de su coordinadora o la repliega mientras se desahoga el procedimiento. Ninguna de esas decisiones es neutral en un estado donde el partido gobierna y donde la sucesión local se negocia con anticipación. Lo que falta por ver es si el tribunal traduce la infracción en una sanción concreta y si esta resiste la siguiente revisión.
Qué sigue
El procedimiento sancionador ordinario debe avanzar hacia su fase resolutiva, donde se define la sanción aplicable; la evidencia disponible no precisa fecha ni alcance. El PAN anunció que analiza las vías jurídicas para combatir de nuevo, lo que anticipa una eventual impugnación ante la Sala Regional. En paralelo, persisten dos frentes sin resolver: el origen y monto del gasto de difusión señalado por el blanquiazul y el criterio que el IEE sostendrá en sus próximas resoluciones locales.