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RUTA 27 · HIGH

SCJN anula ley de comunicación de Veracruz y reordena la propaganda estatal

El Pleno invalidó por ocho votos la Ley 841 de Comunicación Social y el párrafo segundo del artículo 79 de la Constitución veracruzana. La decisión deja sin base la regulación local de publicidad oficial a un año del proceso electoral de 2027.

Ilustración editorial de Ruta 27 sobre justicia y controversias electorales
Ilustración editorial de Ruta 27; no representa una fotografía del acontecimiento.
EN 30 SEGUNDOS

La Suprema Corte invalidó por mayoría de ocho votos la Ley de Comunicación Social de Veracruz al considerar que el estado invadió facultades del Congreso de la Unión sobre propaganda gubernamental. La CNDH había impugnado la norma por regular de forma insuficiente la publicidad oficial. El fallo deja a Veracruz sin su marco local de comunicación social y obliga a repensar cómo se reparte la pauta

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por mayoría de ocho votos la totalidad de la Ley 841 de Comunicación Social de Veracruz y el párrafo segundo del artículo 79 de la Constitución local. El argumento central es de competencia: la Constitución reserva al Congreso de la Unión la regulación de la propaganda gubernamental en cualquier modalidad de comunicación social, incluido el régimen de infracciones y sanciones. Veracruz legisló donde no le correspondía.

La acción de inconstitucionalidad 69/2021 la promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que sostuvo que la ley regulaba de manera insuficiente la asignación y contratación de publicidad oficial y delegaba en autoridades administrativas decisiones esenciales, como los criterios para seleccionar medios y las reglas del Padrón Estatal de Medios de Comunicación. El proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzos retomó ese hilo y propuso la invalidez total. El Pleno lo acompañó, aunque rechazó extender la nulidad a todos los reglamentos y lineamientos expedidos con base en la ley invalidada, un punto que el ponente había incluido.

La decisión no es un asunto menor de técnica legislativa: toca el mecanismo por el que un gobierno estatal decide qué medios reciben recursos y con qué reglas. Veracruz es una de las entidades con mayor peso electoral del país y su gobernador, así como el partido en el poder local, tendrán que operar la comunicación oficial sin el marco que la propia ley preveía. La publicidad oficial es, en la práctica, una herramienta de relación con medios y de construcción de narrativa; su regulación laxa o inexistente amplía el margen discrecional de quien firma los convenios.

La lectura política

El fallo reordena el tablero de la comunicación gubernamental en Veracruz en un momento sensible. Al invalidar la ley, la Corte no solo corrige una competencia: retira el instrumento que daba apariencia de legalidad a la asignación de pauta y deja al gobierno estatal sin un marco local que lo obligue a criterios transparentes. En términos prácticos, la entidad queda sujeta a la legislación federal en la materia, pero sin el desarrollo local que la CNDH ya había señalado como insuficiente.

El incentivo para el gobierno veracruzano es reacomodar su estrategia de medios con reglas federales más generales, lo que puede traducirse en mayor discrecionalidad mientras el Congreso local no expida una nueva norma. Para la oposición y para los organismos de derechos humanos, la decisión es una señal de que la Corte está dispuesta a marcar límites al uso de recursos públicos en comunicación, aunque el efecto inmediato sea dejar un vacío regulatorio.

La resolución también envía una señal a los congresos estatales que han legislado en paralelo sobre propaganda gubernamental: la materia es federal y las normas locales que la invadan corren riesgo de nulidad total. No se trata de una candidatura ni de una precandidatura, pero sí de una decisión que afecta las condiciones en que se disputará la elección de 2027, porque la publicidad oficial moldea la visibilidad de gobiernos y aspirantes.

El límite de la lectura política es claro: la Corte no resolvió sobre el fondo de la transparencia en la contratación de medios, sino sobre quién tiene facultad para regularla. Queda pendiente si el Congreso de Veracruz legislará de nuevo y con qué criterios, y si la CNDH u otros actores promoverán nuevas impugnaciones contra las disposiciones que subsistan.

Qué sigue

El Congreso de Veracruz deberá definir si expide una nueva ley de comunicación social acotada a sus facultades, o si deja que la regulación federal opere sin desarrollo local. La decisión también abre la puerta a que los reglamentos y lineamientos que no fueron alcanzados por la nulidad sigan aplicándose, lo que podría generar nuevas impugnaciones. En el plano federal, el Congreso de la Unión mantiene la facultad exclusiva sobre la materia, y cualquier intento estatal por regularla de nuevo tendrá que pasar el filtro de la Corte.