RUTA 27 · HIGH
Congreso de Hidalgo evalúa ceder al TEEH el nombramiento de su contralor
La iniciativa modifica el Decreto 228 de la era Fayad y llega después de que el TEPJF desechó el juicio del tribunal electoral hidalguense, a meses de que resuelva las elecciones de 2027.

El Congreso de Hidalgo recibió una iniciativa para que el Pleno del TEEH nombre y remueva a su contralor, facultad hoy en manos del Legislativo. La propuesta corrige el Decreto 228, de 2017, cuestionado por la SCJN en el caso de la UAEH. El TEPJF desechó el juicio del tribunal, sin resolución de fondo. El cambio llega antes de 2027, cuando el TEEH resolverá las controversias electorales.
El Congreso de Hidalgo recibió el 22 de octubre una iniciativa para que el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) nombre y, en su caso, remueva al titular de su Órgano Interno de Control (OIC), atribución que hoy corresponde al Poder Legislativo. La propuesta modifica el Decreto 228, publicado el 9 de octubre de 2017 durante el gobierno de Omar Fayad Meneses, y toca un punto que ya generó litigios: quién vigila los recursos de un organismo autónomo y con qué independencia lo hace.
El Decreto 228 incorporó órganos internos de control en organismos autónomos como parte de la instrumentación del Sistema Nacional Anticorrupción. Su diseño dejó la designación de los contralores en manos del Congreso, lo que instituciones afectadas impugnaron por considerar que comprometía su autonomía. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció sobre la inconstitucionalidad de ese esquema en el amparo en revisión 1353/2017, promovido por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), según los antecedentes citados en la iniciativa.
El TEEH siguió una ruta distinta. Su presidencia llevó la disputa por la designación de su contralor al juicio general SUP-JG-58/2026 ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). El recurso fue desechado, de modo que no hubo pronunciamiento de fondo sobre las facultades de nombramiento. Sin resolución judicial que zanjara el conflicto, la salida quedó en el terreno legislativo.
El expediente incluye además el amparo 1808/2026, promovido ante el Juzgado Segundo de Distrito, relacionado con requerimientos de documentación y posibles medidas de apremio. El contralor designado por el Congreso denunció públicamente que la presidencia del TEEH se negaba a entregarle información; la iniciativa también alude a señalamientos sobre información fiscal, en particular del Impuesto Sobre la Renta (ISR), y a movimientos de personal dentro del organismo. Son acusaciones sin resolución judicial conocida, y conviene tratarlas como tales.
La lectura política
En la práctica, la iniciativa redistribuye poder dentro del arbitraje electoral hidalguense. Quien nombra al contralor define quién audita el gasto, el personal y los expedientes del tribunal que, en 2027, resolverá las impugnaciones de la elección local. Hoy esa llave la tiene el Congreso; la propuesta la traslada al propio Pleno del TEEH, es decir, al órgano que sería vigilado. El argumento de autonomía es atendible y coincide con el criterio que la SCJN aplicó a la UAEH, pero también concentra en el tribunal la facultad de designar a quien lo fiscaliza.
El incentivo del Congreso es doble. Por un lado, retira de su agenda un conflicto que ya produjo litigios y que podría repetirse en cada designación. Por otro, el Legislativo se deshace de una atribución incómoda justo cuando se acerca el proceso electoral de 2027, en el que el TEEH será el árbitro de las controversias locales. Ceder la facultad puede leerse como corrección técnica o como traslado de responsabilidad: si el contralor del tribunal queda bajo el Pleno, cualquier cuestionamiento sobre fiscalización interna dejará de apuntar al Congreso.
Para el TEEH, la iniciativa llega después de que su recurso fue desechado y en medio de un conflicto abierto con el contralor que le impuso el Legislativo. El tribunal gana margen formal de autonomía, pero también carga con la obligación de demostrar que puede vigilarse sin capturar a su vigilante. La señal rumbo a 2027 es relevante: los partidos que competirán en Hidalgo observarán si el árbitro electoral se dota de reglas de control creíbles o si solo cambia de manos la designación.
No hay aquí una candidatura ni un posicionamiento electoral en sentido estricto. Lo que se juega es la arquitectura institucional que rodeará la elección. La iniciativa aún no modifica el mecanismo vigente: requiere dictamen, discusión y aprobación en el Congreso, y no se conoce la fecha en que será dictaminada.
Qué sigue
El Congreso de Hidalgo deberá turnar la iniciativa a comisión, emitir dictamen y someterla al Pleno. No se ha informado el calendario de dictaminación ni si la propuesta cuenta con respaldo suficiente. En paralelo, el amparo 1808/2026 sigue su curso ante el Juzgado Segundo de Distrito, y el conflicto entre el contralor designado y la presidencia del TEEH no tiene resolución de fondo. Cualquier aprobación llegaría antes del arranque formal del proceso electoral 2026-2027, en el que el TEEH resolverá las impugnaciones locales.