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ITE abre candidaturas comunitarias sin curules reservadas en Tlaxcala
El Consejo General aprobó los lineamientos que permiten a las 94 comunidades de usos y costumbres postular fórmulas a diputaciones locales sin partido, pero rechazó reservar tres curules y fijó un umbral de 3.125% para acceder a representación proporcional.

El ITE de Tlaxcala aprobó los lineamientos para que las 94 comunidades de usos y costumbres postulen fórmulas a diputaciones locales sin partido, mediante asamblea comunitaria. No reservó tres curules comunitarias y fijó un umbral de 3.125% para que la lista comunitaria acceda a representación proporcional. La decisión ordena el proceso 2026-2027 y define cuánto poder real tendrá el voto comunitar
El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó los lineamientos para la postulación de candidaturas comunitarias a diputaciones locales del Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027. La decisión abre una vía para que las 94 comunidades que eligen a sus representantes por usos y costumbres postulen fórmulas sin depender de un partido político, pero también fija límites que reducen el alcance práctico de esa acción afirmativa.
Las candidaturas comunitarias permitirán a las asambleas generales comunitarias seleccionar y respaldar una fórmula para una diputación de mayoría relativa, sin intermediación partidista. El respaldo se acreditará con el Acta de Asamblea y la documentación respectiva ante el ITE. La figura no es una candidatura independiente ni una precandidatura: es una modalidad de postulación colectiva que el árbitro electoral reconoce como acción afirmativa para comunidades indígenas.
El punto más relevante es que el ITE determinó que no era jurídica ni materialmente viable reservar anticipadamente tres diputaciones para candidaturas comunitarias, como se había solicitado. Es decir, la acción afirmativa no garantiza curules: solo habilita la competencia. Las fórmulas comunitarias que ganen una diputación de mayoría relativa conservarán su triunfo, pero el acceso a representación proporcional depende de un umbral.
La Lista Comunitaria Estatal solo participará en la asignación de diputaciones plurinominales si alcanza el 3.125 por ciento de la votación total válida de la circunscripción plurinominal. Si lo logra, su votación se incorpora al procedimiento general de asignación y compite como una sola opción electoral; el número de curules dependerá del cociente electoral, el resto mayor y los límites aplicables. Si no lo alcanza, su votación queda excluida del cálculo de la votación total efectiva, sin afectar los triunfos de mayoría relativa.
Otro ajuste técnico relevante: las fórmulas comunitarias registradas podrán contender simultáneamente por mayoría relativa y representación proporcional sin un segundo procedimiento electivo comunitario, y la lista estatal se integrará con todas las fórmulas que obtengan registro, sin exigir postulaciones en al menos 10 distritos. Queda pendiente la definición del orden de prelación de esa lista.
La lectura política
El movimiento del ITE tiene una función práctica clara: reconocer la figura comunitaria sin redistribuir curules por decreto. Al rechazar la reserva de tres diputaciones, el Consejo evita crear escaños de origen comunitario que habrían alterado el equilibrio entre partidos y habrían abierto un conflicto competencial sobre la autonomía del árbitro electoral. La acción afirmativa queda así como una puerta de entrada, no como una cuota de salida.
El umbral de 3.125 por ciento funciona como un filtro político, no solo técnico. Es una barrera baja en comparación con los umbrales nacionales, pero exigente para una lista comunitaria que compite dispersa en distritos y sin estructura partidista. En la práctica, el diseño coloca a las comunidades en posición de competir por mayoría relativa y deja la representación proporcional como un premio condicionado a la coordinación de su voto en todo el estado.
Para los partidos, la decisión envía una señal ambigua: no pierden curules reservadas, pero enfrentan una opción electoral adicional que puede restar votos en distritos con fuerte identidad comunitaria. Para las comunidades, el lineamiento abre una vía de participación sin garantizar representación; su peso real dependerá de su capacidad de organizar asambleas, registrar fórmulas y concentrar votación. Para el ITE, el acuerdo ordena el proceso 2026-2027 y traslada al terreno electoral una discusión que hasta ahora era de reconocimiento simbólico.
La candidatura comunitaria no equivale a una candidatura de facto ni a una precandidatura partidista: es una figura formal que aún debe traducirse en registros, asambleas y votos. Lo que sí cambia es el marco de competencia: por primera vez, las comunidades de usos y costumbres de Tlaxcala tendrán una ruta institucional para disputar diputaciones sin partido, aunque con un techo incierto.
Qué sigue
El ITE deberá definir el orden de prelación de la Lista Comunitaria Estatal y publicar los plazos para la celebración de asambleas comunitarias, la presentación de actas y el registro de fórmulas. Las comunidades interesadas deberán convocar sus asambleas generales comunitarias y comunicar sus decisiones al Instituto. El calendario electoral 2026-2027 marcará la fecha límite para los registros y la eventual integración de la lista estatal. La pregunta verificable será cuántas fórmulas comunitarias logran registro y si su votación agregada alcanza el umbral de 3.125 por ciento.
Actualización
El IEEQ presenta la proyección presupuestal para el proceso electoral 2027, completando la información sobre la preparación institucional que el ITE de Tlaxcala había iniciado con la aprobación de sus lineamientos. Leer el nuevo desarrollo.
