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JEE de Ica aparta a Quispe y proclama a Guerrero en San Juan Bautista
El jurado electoral declara inejecutable la proclamación del actual alcalde por la prohibición de reelección inmediata y entrega el cargo a la segunda regidora de la lista de Renovación Popular.

El Jurado Electoral Especial de Ica proclamó a Rita Guerrero Cajo como alcaldesa de San Juan Bautista para 2027-2030, tras declarar inejecutable la proclamación de Jorge Quispe Saavedra, primer regidor de Renovación Popular y alcalde en funciones, por la prohibición constitucional de reelección inmediata. Los votos no se anulan: el cargo pasa a la segunda regidora. La decisión puede apelarse ante
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Ica proclamó a Rita del Carmen Guerrero Cajo como alcaldesa electa de San Juan Bautista para el periodo 2027-2030, después de declarar inejecutable la proclamación de Jorge Luis Quispe Saavedra. La resolución, presidida por Víctor Malpartida Castillo, no anula la votación de Renovación Popular: solo impide atribuir el cargo de alcalde a quien ya lo ejerce en el periodo 2023-2026, por la prohibición constitucional de reelección inmediata de alcaldes.
El caso tiene una particularidad que lo vuelve más que un trámite. Quispe Saavedra no postuló formalmente como candidato a la alcaldía: lo hizo como primer regidor de la lista de Renovación Popular. La candidata a la alcaldía era Juana del Socorro Quispe, hija del propio Jorge Quispe, quien renunció a la candidatura meses antes de los comicios. El JEE determinó que proclamar al primer regidor como burgomaestre equivaldría a una continuidad inmediata en el mismo cargo, lo que contraviene la prohibición de reelección.
La salida que encontró el organismo fue desplazar el cargo a la segunda regidora de la misma lista. Guerrero Cajo es regidora del distrito para el periodo 2022-2026, con formación técnica en enfermería y experiencia laboral en laboratorios privados; militó en el partido regional Uno Por Ica hasta su renuncia en 2025. La resolución precisa que la medida no desconoce la votación obtenida por Renovación Popular ni declara la nulidad automática de los sufragios emitidos a su favor.
Hasta el cierre de este informe, el actual alcalde no se había pronunciado sobre la decisión. La resolución admite apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), instancia final para definir quién ocupará el sillón municipal.
La lectura política
El movimiento del JEE cumple una función práctica: preservar la voluntad expresada en las urnas por Renovación Popular mientras se cierra la puerta a una reelección encubierta. La figura del primer regidor funcionó, en los hechos, como un vehículo para intentar conservar el cargo pese a la restricción constitucional; el JEE la desactivó sin castigar al partido con la anulación de votos. Es una decisión que ordena el poder local sin abrir un conflicto mayor con el electorado que votó por la lista.
El incentivo del organismo es claro: evitar que la prohibición de reelección se vuelva letra muerta mediante el uso de posiciones secundarias en la lista. Si el JNE confirma el criterio, el precedente alcanza a cualquier candidato que intente el mismo mecanismo. El caso más visible es el de Lima Metropolitana: si Rafael López Aliaga gana la alcaldía, su situación sería análoga y la decisión quedaría en manos de las autoridades electorales, con Jeanette Alonzo como posible beneficiaria de la fórmula.
Para Renovación Popular, el costo es doble: pierde al operador que controlaba el distrito y entrega el cargo a una regidora que no provenía de sus filas partidarias. Para Guerrero Cajo, el margen es estrecho: llega sin haber encabezado la candidatura y con una apelación pendiente que podría revertir su proclamación. La señal rumbo a 2027 es que los organismos electorales están dispuestos a intervenir en la composición de las listas cuando detectan una continuidad prohibida, aunque ello implique reasignar el cargo a un actor ajeno al núcleo del partido.
Queda por verse si el JNE comparte el criterio del JEE o si prioriza la literalidad de la lista y la voluntad del electorado. Esa disyuntiva definirá no solo el futuro de San Juan Bautista, sino el estándar que se aplicará a otros casos de reelección indirecta en el país.
Qué sigue
- La apelación ante el JNE, que deberá resolver en última instancia quién asume la alcaldía de San Juan Bautista para 2027-2030. - La eventual pronunciación de Jorge Quispe Saavedra, quien hasta ahora no ha fijado postura pública sobre la resolución. - El efecto del precedente en Lima Metropolitana y en otras municipalidades donde se repita la fórmula de colocar a un allegado en la lista para eludir la prohibición de reelección. - La definición del JNE sobre si el criterio del JEE se convierte en estándar nacional o queda como una decisión aislada.
